Bloque 1 · Organización del Estado y Administración de Justicia
Tema 11 de Tramitación Procesal
El Letrado de la Administración de Justicia en la Ley Orgánica del Poder Judicial: funciones y competencias. Ordenación del cuerpo superior jurídico de Letrados de la Administración de Justicia: Secretario de Gobierno y Secretarios Coordinadores.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Posición jurídica | ¿Qué es un LAJ y con qué principios actúa? | Cuerpo nacional, autoridad, fe pública, independencia funcional y jerarquía. |
| Funciones | ¿Qué hace dentro del proceso y de la Oficina? | Documenta, impulsa, resuelve, dirige técnicamente, custodia y organiza. |
| Carrera y puestos | ¿Qué pertenece a la persona y qué corresponde al destino? | Categoría personal, grupo del puesto, RPT y forma de provisión. |
| Gobierno del Cuerpo | ¿Quién dirige en cada nivel? | Secretaría General, Secretarios de Gobierno y Coordinadores Provinciales. |
| Límites | ¿Qué no puede alterar la organización jerárquica? | Potestad jurisdiccional e independencia en el ejercicio de la fe pública. |
Lo esencial
Puntos clave
- Los LAJ integran un Cuerpo Superior Jurídico, único, nacional, dependiente del Ministerio de Justicia y actúan con carácter de autoridad.
- No ejercen jurisdicción: su posición se construye sobre fe pública, documentación, impulso procesal y dirección técnico-procesal.
- Actúan siempre con legalidad e imparcialidad; con autonomía e independencia en la fe pública; y con unidad de actuación y dependencia jerárquica en las demás funciones.
- Sus resoluciones procesales son diligencias y decretos; sus resoluciones gubernativas se denominan acuerdos.
- La categoría personal, el grupo del puesto y el puesto concreto son realidades diferentes.
- El ingreso se produce por la tercera categoría y la consolidación exige cinco años continuados o siete con interrupción.
- La jerarquía del Cuerpo es: Secretario General, Secretarios de Gobierno y Secretarios Coordinadores Provinciales.
- El Secretario de Gobierno dirige, inspecciona y coordina en el ámbito del tribunal correspondiente.
- El Secretario Coordinador actúa bajo su dependencia y acerca esa coordinación al ámbito provincial.
- Las instrucciones jerárquicas no pueden invadir la jurisdicción ni la independencia del LAJ al ejercer fe pública.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- LOPJLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder JudicialVer explicación de LOPJ
- RD 1608/2005Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre