Bloque 1 · Organización del Estado y Administración de Justicia
Tema 12 de Tramitación Procesal
Cuerpos de Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. Cuerpos Generales y Cuerpos Especiales: Definición y Cuerpos que los integran. Cuerpos Especiales: El Cuerpo de Médicos Forenses: Funciones.
Perspectiva general
Contenidos principales
Desliza la tabla hacia los lados para ver todas las columnas.
| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Estatuto común | ¿Qué posición jurídica comparten los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia? | Ámbito del Libro VI, carácter nacional, distribución de competencias, carrera e interinidad, otro personal y régimen de fuentes. |
| Clasificación | ¿Qué criterio diferencia los Cuerpos Generales de los Cuerpos Especiales? | Tareas esencialmente procesales frente a funciones propias de una profesión o titulación específica. |
| Cuerpos Generales | ¿Qué cuerpos integran esta categoría y cómo se distinguen? | Gestión, Tramitación y Auxilio; titulación y caracterización funcional conforme a los artículos 475 a 478 LOPJ. |
| Cuerpos Especiales | ¿Qué cuerpos integran esta categoría y qué titulación exige cada uno? | Médicos Forenses y los tres cuerpos del INTCF; distinción entre cuerpos, INTCF e IMLCF. |
| Posición médico-forense | ¿Qué naturaleza y destino tiene el Cuerpo de Médicos Forenses? | Cuerpo nacional de titulados superiores, IMLCF e INTCF, personal de los institutos y consideración de autoridad. |
| Dependencia e independencia | ¿Cómo se articula la actuación del personal de los institutos? | Dependencia orgánica, órdenes funcionales de jueces y fiscales e independencia técnica bajo criterios científicos. |
| Funciones y garantías | ¿Qué funciones y garantías corresponden a los médicos forenses? | Seis grupos del artículo 479.5 LOPJ, desarrollo reglamentario y recusación conforme a las reglas de los peritos. |
Lo esencial
Puntos clave
- Los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia tienen carácter nacional; su gestión corresponde al Ministerio de Justicia o, en las materias asumidas, a las comunidades autónomas competentes.
- Los Cuerpos Generales realizan principalmente tareas de contenido procesal y son Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.
- Gestión desarrolla actividad procesal de nivel superior, Tramitación presta apoyo a la gestión procesal y Auxilio ejecuta tareas de comunicación, apoyo material, archivo y orden de las salas, entre otras funciones legales.
- Los Cuerpos Especiales desempeñan funciones propias de una profesión o titulación específica: Médicos Forenses, Facultativos y Técnicos Especialistas del INTCF y Ayudantes de Laboratorio del INTCF.
- Los médicos forenses son funcionarios de un Cuerpo Nacional de Titulados Superiores y trabajan ordinariamente en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, con independencia técnica y criterios estrictamente científicos.
- Sus funciones esenciales son la asistencia técnica mediante informes y dictámenes, la asistencia o vigilancia facultativa, los informes para el Registro Civil o particulares y las actividades de docencia, pericia, investigación y colaboración.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- LOPJLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
- RD 144/2023Real Decreto 144/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses