Bloque 1 · Organización del Estado y Administración de Justicia
Tema 13 de Tramitación Procesal
Los Cuerpos Generales (I): Funciones. Formas de acceso. Promoción interna. Adquisición y pérdida de la condición de funcionarios. La rehabilitación. Derechos, deberes e incompatibilidades. Jornada y horarios. Vacaciones, permisos y licencias.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Antes del nombramiento | Acceso y promoción interna | ¿Por qué sistema se entra o asciende y con qué requisitos? |
| Nacimiento del vínculo | Adquisición | ¿Qué actos deben completarse para ser funcionario de carrera? |
| Desarrollo profesional | Funciones, derechos, deberes e incompatibilidades | ¿Qué puede, debe o no puede hacer el funcionario? |
| Organización del trabajo | Jornada, horarios, vacaciones, permisos y licencias | ¿Cómo se ordena el servicio y cuándo puede ausentarse? |
| Extinción o recuperación | Pérdida y rehabilitación | ¿Qué causa extingue el vínculo y puede recuperarse después? |
Lo esencial
Puntos clave
- Gestión organiza y realiza actividad procesal de nivel superior; Tramitación confecciona y ordena la tramitación ordinaria; Auxilio ejecuta materialmente actos de comunicación y apoyo.
- El acceso respeta igualdad, mérito, capacidad y publicidad; la oposición es el sistema ordinario.
- La promoción interna permite ascender desde un cuerpo inferior y cuenta con reserva de plazas y requisitos propios.
- Superar el proceso selectivo no basta: nombramiento, juramento o promesa y toma de posesión completan la adquisición de la condición funcionarial.
- La pérdida solo procede por las causas legales y, como regla, la acuerda el Ministro de Justicia.
- La rehabilitación recupera una condición previamente perdida; no es una nueva vía ordinaria de ingreso.
- Derechos, deberes e incompatibilidades son categorías distintas, aunque protejan conjuntamente la profesionalidad e imparcialidad.
- Jornada, horario, calendario laboral y guardia regulan aspectos diferentes del tiempo de trabajo.
- Vacaciones, permisos y licencias tienen causas, duración y efectos económicos propios.
- En asuntos propios debe distinguirse el permiso de nueve días de la licencia no retribuida de hasta tres meses cada dos años.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- LOPJLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder JudicialVer explicación de LOPJ
- RD 1451/2005Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre
- RDL 5/2015Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
- Ley 53/1984Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas