Bloque 1 · Organización y Derecho Constitucional

Tema 13 de Auxilio Judicial

Cuerpos Generales I

9 apartados69 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Funciones¿Qué funciones corresponden a Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial?Distribución funcional de los Cuerpos Generales y base jurídica en la LOPJ.
Acceso¿Cómo se desarrolla el acceso a los Cuerpos Generales?Principios, oferta, reserva por discapacidad, convocatoria, sistemas, órganos selectivos, prácticas, nombramiento, destino y toma de posesión.
Promoción interna¿Cómo funciona la promoción interna?Plazas, requisitos, concurso-oposición, méritos y preferencia de destino.
Condición funcionarial¿Cómo se adquiere y cómo se pierde la condición de funcionario?Requisitos sucesivos de adquisición, causas tasadas de pérdida, jubilación y órganos competentes.
Rehabilitación¿Cuándo puede recuperarse la condición de funcionario?Supuestos, procedimiento, requisitos, informes y resolución.
Derechos y deberes¿Qué posición profesional corresponde al funcionario?Derechos individuales y colectivos y deberes específicos de los artículos 495 a 497 LOPJ.
Incompatibilidades¿Qué actividades pueden coexistir con el puesto público?Régimen general, especialidades de Justicia, prohibiciones y actividades exceptuadas.
Tiempo de trabajo y ausencias¿Cómo se ordenan jornada, horarios, vacaciones, permisos y licencias?Jornada, calendario, guardias, vacaciones, permisos y clases, duración, efectos y competencia de las licencias.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. Gestión Procesal asume la gestión de nivel superior; Tramitación, el apoyo y la documentación ordinaria; y Auxilio Judicial, los actos de comunicación, la ejecución material, el archivo, el orden de las salas y otras tareas de auxilio.
  2. El acceso se rige por igualdad, mérito, capacidad y publicidad; la oposición es el sistema ordinario y el concurso-oposición combina pruebas con valoración de méritos.
  3. La promoción interna permite pasar al cuerpo de titulación inmediata superior mediante concurso-oposición y exige la titulación correspondiente y al menos dos años de antigüedad como funcionario de carrera en el cuerpo inferior.
  4. La condición de funcionario se adquiere tras superar el proceso selectivo, ser nombrado, jurar o prometer y tomar posesión; solo se pierde por las causas legalmente previstas, como renuncia, jubilación, sanción o inhabilitación.
  5. La rehabilitación permite recuperar la condición funcionarial tras desaparecer determinadas causas objetivas o, en casos de sanción o condena, mediante una valoración administrativa; la resuelve el ministro de Justicia.
  6. Los derechos protegen la carrera y las condiciones profesionales; los deberes exigen diligencia, imparcialidad, respeto, sigilo y cumplimiento del horario, y las incompatibilidades previenen conflictos con otras actividades.
  7. La jornada general semanal coincide con la de la Administración General del Estado; el calendario laboral se aprueba anualmente y los servicios de guardia atienden actuaciones urgentes e inaplazables.
  8. Las vacaciones son un descanso anual retribuido; los permisos cubren causas justificadas y las licencias atienden supuestos específicos. Destacan 22 días hábiles de vacaciones, 9 de asuntos particulares y 15 de licencia por matrimonio.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • LOPJLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
  • RD 1451/2005Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre
  • RDL 5/2015Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
  • Ley 53/1984Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas
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