Bloque 2 · Derecho Procesal y Registros
Tema 20 de Auxilio Judicial
Proceso laboral
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Extensión y órganos | ¿Qué conflictos conoce el orden social y qué órgano resulta competente? | Materias incluidas y excluidas, Juzgados de lo Social, TSJ, Audiencia Nacional, Tribunal Supremo y competencia territorial. |
| Partes y postulación | ¿Quién puede actuar y qué reglas rigen capacidad, legitimación, representación y defensa? | Trabajadores, empresas, beneficiarios, entidades, sindicatos, representación, abogado, procurador y graduado social. |
| Actuaciones previas | ¿Cuándo se exige conciliación o mediación, vía administrativa o reclamación previa? | Regla, excepciones, plazos, efectos sobre prescripción y caducidad y vinculación posterior. |
| Procedimiento ordinario | ¿Cómo se inicia, prepara, celebra y resuelve el procedimiento ordinario? | Demanda, subsanación, admisión, señalamiento, conciliación judicial, juicio, prueba, conclusiones, diligencias finales y sentencia. |
| Despido | ¿Qué especialidades procesales corresponden a cada forma de despido y qué efectos produce su calificación? | Caducidad, conciliación, demanda, carga probatoria, orden de alegaciones, procedencia, improcedencia, nulidad, readmisión e indemnización. |
| Seguridad Social | ¿Cómo se conecta la fase administrativa con el proceso judicial? | Solicitud, reclamación previa, demanda, partes, expediente, falta de remisión, accidentes de trabajo, revisión de actos y sentencia. |
| Alta médica | ¿Qué reglas especiales rigen la impugnación de un alta médica? | Legitimación pasiva, plazo de demanda, urgencia, preferencia, señalamiento, sentencia, recurso, acumulación y alcance de sus efectos. |
Lo esencial
Puntos clave
- El orden social resuelve conflictos laborales, de Seguridad Social, colectivos y ciertas impugnaciones administrativas; su proceso se rige por inmediación, oralidad, concentración y celeridad.
- Como regla general, la demanda laboral exige un intento previo de conciliación o mediación, salvo las excepciones legales; frente a una Administración puede ser necesario agotar previamente la vía administrativa.
- El procedimiento ordinario se inicia por demanda y continúa con admisión y subsanación, señalamiento, conciliación ante el LAJ, juicio, prueba, conclusiones y sentencia, concentrándose las actuaciones principales en la vista.
- La acción contra el despido caduca a los veinte días hábiles; en el juicio el empresario expone primero su oposición, debe probar los hechos de la carta y no puede alegar motivos distintos de los comunicados.
- La sentencia califica el despido como procedente, improcedente o nulo: la procedencia valida la extinción, la improcedencia conduce a la opción legal entre readmisión e indemnización y la nulidad impone la readmisión.
- En prestaciones de Seguridad Social suele exigirse reclamación administrativa previa; la demanda debe respetar lo planteado en esa fase y el expediente administrativo constituye la base documental del proceso.
- La impugnación del alta médica tiene tramitación urgente y preferente: la demanda se presenta en veinte días, la vista se señala dentro de los cinco siguientes a su admisión y la sentencia se dicta en tres días, sin recurso.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- Ley 36/2011Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social
- LOPJLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
- LECLey 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil