Bloque 2 · Derecho Procesal y Registros

Tema 22 de Auxilio Judicial

Resoluciones procesales

6 apartados49 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Resoluciones judiciales¿Qué decisiones son jurisdiccionales y cómo se distinguen de los acuerdos gubernativos?Potestad jurisdiccional, cumplimiento, acuerdos y providencias, autos y sentencias conforme a los artículos 117 a 120 CE y 244 a 248 LOPJ.
Clases y contenido¿Cuándo procede cada clase de resolución y qué requisitos formales cumple?Resoluciones definitivas y firmes, ejecutoria, estructura, motivación, firma, publicación, aclaración y complemento conforme a los artículos 206 a 215 LEC.
Órganos colegiados¿Cómo se forma válidamente la decisión de un tribunal colegiado?Ponente, estudio, deliberación, votación, mayoría, discordia, redacción, firma y voto particular conforme a los artículos 180, 181 y 194 a 205 LEC.
Resoluciones del LAJ¿Qué resoluciones dicta el Letrado de la Administración de Justicia y para qué sirve cada una?Diligencias de ordenación, constancia, comunicación y ejecución; decretos y acuerdos conforme a los artículos 453 a 458 LOPJ y 206 LEC.
Recursos frente al LAJ¿Cómo se controlan las diligencias y los decretos?Reposición ante el propio Letrado y revisión ante el tribunal conforme a los artículos 451 a 454 bis LEC.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. Las providencias ordenan materialmente el proceso, los autos resuelven cuestiones procesales de entidad y las sentencias deciden el pleito, una instancia o un recurso.
  2. Una resolución definitiva pone fin a la primera instancia o decide un recurso, mientras que una resolución firme ya no puede ser recurrida.
  3. Los autos y las sentencias deben estar motivados y, una vez firmadas, las resoluciones solo pueden aclararse, rectificarse, subsanarse o completarse por los cauces legales.
  4. Los autos y las sentencias de los órganos colegiados se adoptan por mayoría tras la deliberación y votación, y los magistrados discrepantes pueden formular voto particular.
  5. El Letrado de la Administración de Justicia dicta diligencias para ordenar, documentar, comunicar o ejecutar actuaciones, y decretos para resolver motivadamente las materias de su competencia.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • LOPJLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
  • LECLey 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
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