Bloque 2 · Derecho Procesal y Registros

Tema 26 de Auxilio Judicial

Archivo judicial y documentación judicial

5 apartados28 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Conceptos y alcance¿Qué son archivo y documentación judicial y qué queda fuera del Real Decreto 937/2003?Objeto, doble concepto de archivo, documentos incluidos, exclusiones y tecnología conforme a los artículos 1 a 4.
Clases de archivos¿Qué documentación custodia cada archivo y quién responde de ella?Archivo Judicial de Gestión, Territoriales y Central, dependencia, custodia y acceso conforme a los artículos 5 a 12.
Remisión documental¿Cuándo y cómo se remite la documentación y qué contiene la relación?Plazos, periodicidad, datos, modelos, series, préstamos y trazabilidad conforme al artículo 13 y a la Orden JUS/1926/2006.
Archivo electrónico¿Cómo se forman, conservan y ponen a disposición los documentos y expedientes electrónicos?Documento, copias, digitalización, expediente, índice, puesta a disposición y archivo a largo plazo conforme a los artículos 39 a 47 y 79 a 80 del Real Decreto-ley 6/2023.
Juntas de Expurgo¿Cómo se constituyen, funcionan y deciden las Juntas de Expurgo?Composición, remisión, devolución, sesiones, acuerdos, recursos, enajenación, destrucción y traslado conforme a los artículos 14 a 22 del Real Decreto 937/2003.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. La documentación judicial comprende las actuaciones procesales y los documentos aportados por las partes o terceros, con independencia de que se encuentren en papel o en soporte electrónico.
  2. Los archivos de Gestión custodian procedimientos en tramitación o ejecución; los Territoriales reciben los de su ámbito y el Central los del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y demás órganos con jurisdicción estatal.
  3. El traslado de documentación se realiza periódicamente y, como mínimo, una vez al año, mediante relaciones que permiten identificar los procedimientos y dejar constancia del envío y la recepción.
  4. Los documentos y expedientes judiciales electrónicos deben conservarse garantizando su autenticidad, integridad, localización y acceso autorizado, y la digitalización no permite por sí sola destruir el original.
  5. Las Juntas de Expurgo deciden si la documentación debe conservarse, transferirse, enajenarse o destruirse, teniendo en cuenta el informe vinculante de la Administración competente en patrimonio histórico.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • RD 937/2003Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de modernización de los archivos judiciales
  • LOPJLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
  • Ley 16/1985Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español
  • Ley 40/2015Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
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