Bloque 2 · Derecho Procesal y Registros
Tema 26 de Auxilio Judicial
Archivo judicial y documentación judicial
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Conceptos y alcance | ¿Qué son archivo y documentación judicial y qué queda fuera del Real Decreto 937/2003? | Objeto, doble concepto de archivo, documentos incluidos, exclusiones y tecnología conforme a los artículos 1 a 4. |
| Clases de archivos | ¿Qué documentación custodia cada archivo y quién responde de ella? | Archivo Judicial de Gestión, Territoriales y Central, dependencia, custodia y acceso conforme a los artículos 5 a 12. |
| Remisión documental | ¿Cuándo y cómo se remite la documentación y qué contiene la relación? | Plazos, periodicidad, datos, modelos, series, préstamos y trazabilidad conforme al artículo 13 y a la Orden JUS/1926/2006. |
| Archivo electrónico | ¿Cómo se forman, conservan y ponen a disposición los documentos y expedientes electrónicos? | Documento, copias, digitalización, expediente, índice, puesta a disposición y archivo a largo plazo conforme a los artículos 39 a 47 y 79 a 80 del Real Decreto-ley 6/2023. |
| Juntas de Expurgo | ¿Cómo se constituyen, funcionan y deciden las Juntas de Expurgo? | Composición, remisión, devolución, sesiones, acuerdos, recursos, enajenación, destrucción y traslado conforme a los artículos 14 a 22 del Real Decreto 937/2003. |
Lo esencial
Puntos clave
- La documentación judicial comprende las actuaciones procesales y los documentos aportados por las partes o terceros, con independencia de que se encuentren en papel o en soporte electrónico.
- Los archivos de Gestión custodian procedimientos en tramitación o ejecución; los Territoriales reciben los de su ámbito y el Central los del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y demás órganos con jurisdicción estatal.
- El traslado de documentación se realiza periódicamente y, como mínimo, una vez al año, mediante relaciones que permiten identificar los procedimientos y dejar constancia del envío y la recepción.
- Los documentos y expedientes judiciales electrónicos deben conservarse garantizando su autenticidad, integridad, localización y acceso autorizado, y la digitalización no permite por sí sola destruir el original.
- Las Juntas de Expurgo deciden si la documentación debe conservarse, transferirse, enajenarse o destruirse, teniendo en cuenta el informe vinculante de la Administración competente en patrimonio histórico.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- RD 937/2003Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de modernización de los archivos judiciales
- LOPJLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
- Ley 16/1985Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español
- Ley 40/2015Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público