Bloque 1 · Organización y Derecho Constitucional

Tema 7 de Auxilio Judicial

Organización y competencia de órganos jurisdiccionales superiores

6 apartados63 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

Desliza la tabla hacia los lados para ver todas las columnas.

Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Tribunal SupremoToda EspañaÓrgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo garantías constitucionales.
Audiencia NacionalToda EspañaConoce de las materias penales, contencioso-administrativas y sociales que la ley le atribuye expresamente.
Tribunal Superior de JusticiaComunidad AutónomaCulmina la organización judicial en el territorio autonómico, sin perjuicio de la jurisdicción del Tribunal Supremo.
Audiencia ProvincialProvincia, con las excepciones legalesÓrgano colegiado que resuelve recursos civiles y ejerce funciones de enjuiciamiento y recurso en el orden penal, además de las restantes competencias legales.
Ver explicación

Lo esencial

Puntos clave

  1. El Tribunal Supremo, con sede en Madrid y jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo en materia de garantías constitucionales.
  2. El Tribunal Supremo se integra por las Salas de lo Civil, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo, de lo Social y de lo Militar.
  3. La Sala especial del artículo 61 LOPJ conoce de determinados asuntos que afectan a la Presidencia, a las Salas o a sus Magistrados, así como de la declaración de ilegalidad y disolución de partidos políticos.
  4. El Gabinete Técnico asiste a la Presidencia y a las Salas del Tribunal Supremo, pero no ejerce funciones jurisdiccionales.
  5. La Audiencia Nacional tiene sede en Madrid, jurisdicción en toda España y competencias expresamente atribuidas por la ley.
  6. La Audiencia Nacional está integrada por las Salas de Apelación, de lo Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social.
  7. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional conoce de los delitos y demás materias penales expresamente enumerados en la LOPJ.
  8. La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional conoce de la impugnación de convenios colectivos y de conflictos colectivos cuando su ámbito supera el territorio de una Comunidad Autónoma.
  9. El Tribunal Superior de Justicia culmina la organización judicial en el territorio de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la jurisdicción del Tribunal Supremo.
  10. Cada Tribunal Superior de Justicia se integra por las Salas de lo Civil y Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social.
  11. La Sala de lo Civil y Penal del TSJ ejerce competencias de ambos órdenes, incluidas las vinculadas al derecho civil propio y las apelaciones penales contra resoluciones de las Audiencias Provinciales.
  12. Las Audiencias Provinciales tienen, como regla general, sede en la capital de la provincia y jurisdicción en toda ella.
  13. Las Audiencias Provinciales resuelven recursos civiles y, en el orden penal, conocen tanto de causas por delito como de recursos.
  14. Determinados recursos civiles y penales atribuidos a las Audiencias Provinciales se resuelven por un solo Magistrado.
  15. El CGPJ puede especializar una o varias Secciones de una Audiencia Provincial en determinadas materias.
  16. El juicio del Jurado se celebra en el ámbito de la Audiencia Provincial o de otros Tribunales conforme a su legislación específica.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

Ver base legislativa