Bloque 1 · Organización y Derecho Constitucional
Tema 7 de Auxilio Judicial
Organización y competencia de órganos jurisdiccionales superiores
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Tribunal Supremo | Toda España | Órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo garantías constitucionales. |
| Audiencia Nacional | Toda España | Conoce de las materias penales, contencioso-administrativas y sociales que la ley le atribuye expresamente. |
| Tribunal Superior de Justicia | Comunidad Autónoma | Culmina la organización judicial en el territorio autonómico, sin perjuicio de la jurisdicción del Tribunal Supremo. |
| Audiencia Provincial | Provincia, con las excepciones legales | Órgano colegiado que resuelve recursos civiles y ejerce funciones de enjuiciamiento y recurso en el orden penal, además de las restantes competencias legales. |
Lo esencial
Puntos clave
- El Tribunal Supremo es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo en materia de garantías constitucionales; tiene jurisdicción en toda España y cinco Salas: Civil, Penal, Contencioso-Administrativo, Social y Militar.
- La Audiencia Nacional tiene jurisdicción en toda España y conoce, mediante sus Salas de Apelación, Penal, Contencioso-Administrativo y Social, únicamente de los asuntos que la ley le atribuye de forma expresa.
- El Tribunal Superior de Justicia culmina la organización judicial en cada comunidad autónoma, sin perjuicio de la jurisdicción del Tribunal Supremo, y se organiza en las Salas de lo Civil y Penal, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social.
- Las Audiencias Provinciales extienden, por regla general, su jurisdicción a la provincia: resuelven recursos civiles y, en el orden penal, enjuician los delitos y conocen de los recursos que les atribuye la ley.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
- LOPJLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
- Ley 38/1988Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial