Bloque 1 · Organización y Derecho Constitucional

Tema 6 de Auxilio Judicial

El Poder Judicial

5 apartados62 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Poder Judicial¿Qué función ejerce el Poder Judicial y cuáles son sus principios constitucionales?Potestad jurisdiccional, exclusividad, unidad, gratuidad, publicidad, oralidad, responsabilidad del Estado y participación ciudadana.
Consejo General del Poder Judicial¿Cómo se compone, cómo se renueva y qué competencias tiene el CGPJ?Vocales, elección parlamentaria, mandato, Presidencia, Pleno, comisiones y atribuciones.
Jurisdicción, Jueces y Magistrados¿Quién ejerce la jurisdicción y cómo se estructura la Carrera Judicial?Extensión de la jurisdicción, categorías, acceso, escalafón, nombramiento, juramento y toma de posesión.
Independencia judicial¿Qué impide que un Juez reciba órdenes o sea apartado arbitrariamente?Independencia externa e interna, inamovilidad, responsabilidad, incompatibilidades, prohibiciones e inmunidad.
Ministerio Fiscal¿Cuál es su misión, cómo actúa y cómo se organiza?Naturaleza, principios, funciones, facultades, órganos, jerarquía, Fiscal General del Estado y Carrera Fiscal.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. El artículo 117.1 CE declara que la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.
  2. El artículo 1 LOPJ añade expresamente que los Jueces y Magistrados están sometidos a la Constitución y al imperio de la ley.
  3. La potestad jurisdiccional consiste en juzgar y hacer ejecutar lo juzgado y corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes y los tratados internacionales.
  4. La unidad jurisdiccional es la base de la organización judicial; la jurisdicción militar queda limitada al ámbito estrictamente castrense y a los supuestos de estado de sitio.
  5. Los Tribunales de excepción están prohibidos por la Constitución y también están prohibidos los Tribunales de Honor en la Administración de Justicia.
  6. El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno del Poder Judicial, pero no es un órgano jurisdiccional y no puede revisar resoluciones judiciales ni impartir instrucciones sobre su interpretación.
  7. El CGPJ está integrado por el Presidente del Tribunal Supremo y veinte vocales: doce del turno judicial y ocho juristas de reconocida competencia.
  8. Congreso y Senado eligen cada uno diez vocales por mayoría de tres quintos; el Consejo se renueva en su totalidad cada cinco años desde su constitución.
  9. El CGPJ ejerce funciones relativas a nombramientos, ascensos, destinos, formación, inspección, disciplina, potestad reglamentaria e informes sobre materias relacionadas con la Justicia.
  10. La Carrera Judicial consta de tres categorías: Magistrado del Tribunal Supremo, Magistrado y Juez.
  11. Los Jueces son nombrados mediante orden del CGPJ; los Magistrados y Presidentes, por real decreto a propuesta del Consejo.
  12. La independencia judicial se proyecta frente a los demás poderes y frente a los propios órganos judiciales y de gobierno; la corrección de una resolución solo puede realizarse mediante los recursos legalmente previstos.
  13. La inamovilidad, la responsabilidad, las incompatibilidades, las prohibiciones y la inmunidad judicial integran el estatuto de garantía de Jueces y Magistrados.
  14. El Ministerio Fiscal es un órgano de relevancia constitucional con personalidad jurídica propia, integrado con autonomía funcional en el Poder Judicial, pero no ejerce potestad jurisdiccional.
  15. El Ministerio Fiscal actúa conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción a los principios de legalidad e imparcialidad.
  16. La dependencia jerárquica del Fiscal no equivale a la independencia judicial: el Fiscal recibe directrices internas, pero siempre dentro de la ley y actuando con objetividad.
  17. El Fiscal General del Estado es nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno y oído el CGPJ, y su mandato tiene una duración de cuatro años.
  18. La Carrera Fiscal constituye un cuerpo único organizado jerárquicamente y comprende las categorías de Fiscal de Sala del Tribunal Supremo, Fiscal y Abogado-Fiscal.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembreVer explicación de CE
  • LOPJLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder JudicialVer explicación de LOPJ
  • Ley 50/1981Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
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