Guía de QuizOpo
Incapacidad permanente en MUFACE: jubilación, pensión y prestaciones
La valoración de la incapacidad, la jubilación y la pensión corresponden a decisiones y organismos diferentes, aunque el funcionario pertenezca a MUFACE.

Una incapacidad permanente puede impedir que un funcionario continúe desempeñando las funciones de su cuerpo o escala y provocar su jubilación. Sin embargo, pertenecer a MUFACE no significa que esta mutualidad sea siempre la encargada de declarar la jubilación o reconocer la pensión.
Dos funcionarios afiliados a MUFACE pueden recibir asistencia sanitaria de la mutualidad y, aun así, tener su pensión reconocida por organismos diferentes según su régimen y fecha de ingreso.
Quién interviene en cada decisión
| Cuestión | Quién interviene principalmente |
|---|---|
| Valorar la capacidad para el servicio | Órganos médicos y administrativos competentes |
| Declarar la jubilación | Órgano de personal correspondiente |
| Reconocer la pensión | Órgano de Clases Pasivas o INSS, según el régimen |
| Reconocer determinadas prestaciones adicionales | MUFACE |
Deben separarse la valoración médica, la resolución administrativa de jubilación y el reconocimiento de la prestación económica.
¿Qué es la incapacidad permanente?
La normativa del mutualismo administrativo considera incapacidad permanente la situación en la que, después del tratamiento correspondiente, permanecen limitaciones graves que disminuyen o anulan la capacidad del funcionario para el servicio.
Dentro de este régimen, la incapacidad permanente deriva de una situación de incapacidad temporal. La posibilidad de recuperación no impide necesariamente su reconocimiento cuando se considera incierta o a largo plazo.
Debe diferenciarse de la incapacidad temporal, que impide trabajar durante un periodo limitado. La permanente parte de unas limitaciones estabilizadas o previsiblemente duraderas.
Grados de incapacidad permanente
| Grado | Efecto sobre la capacidad |
|---|---|
| Parcial para la función habitual | Limita el desempeño sin impedir las tareas fundamentales |
| Total para la función habitual | Impide realizar todas o las principales funciones del cuerpo, escala o plaza |
| Absoluta para todo trabajo | Impide ejercer cualquier profesión u oficio |
| Gran invalidez | Además de la incapacidad absoluta, exige ayuda para los actos esenciales de la vida |
La función habitual es la que desempeñaba el funcionario cuando se produjo el accidente o la realizada antes de la enfermedad.
La terminología es similar en los distintos sistemas, pero la incapacidad para el servicio de Clases Pasivas y los grados reconocidos por el Régimen General no deben trasladarse automáticamente de un régimen a otro. Sus requisitos y efectos pueden ser diferentes.
¿La incapacidad permanente provoca siempre la jubilación?
No cualquier limitación produce automáticamente la jubilación.
El TREBEP contempla la jubilación cuando se declara la incapacidad permanente para ejercer las funciones propias del cuerpo o escala. También puede producirse como consecuencia del reconocimiento de determinados grados de incapacidad por el régimen de Seguridad Social aplicable.
La valoración médica no termina por sí sola la relación de servicio. El órgano de personal debe tramitar el procedimiento y dictar la resolución correspondiente.
Clases Pasivas o Régimen General
El organismo encargado de reconocer la pensión depende del régimen al que pertenezca el funcionario. La afiliación a MUFACE no permite determinarlo por sí sola.
| Aspecto | Clases Pasivas | Régimen General |
|---|---|---|
| Referencia general | Funcionarios ingresados antes del 1 de enero de 2011 | Funcionarios de nuevo ingreso desde esa fecha |
| Situación principal | Jubilación por incapacidad permanente para el servicio | Incapacidad permanente |
| Organismo de pensiones | Órgano competente en materia de Clases Pasivas | Instituto Nacional de la Seguridad Social |
| Cálculo | Reglas de Clases Pasivas | Reglas del Régimen General |
Esta distribución opera con carácter general. El régimen concreto debe comprobarse en cada situación.
Los funcionarios de nuevo ingreso desde 2011 pueden continuar perteneciendo a MUFACE para la asistencia sanitaria y otras prestaciones del mutualismo administrativo, aunque sus pensiones correspondan al Régimen General.
Incapacidad en Clases Pasivas
La jubilación por incapacidad permanente para el servicio exige que una lesión o proceso estabilizado e irreversible, o de remota o incierta reversibilidad, imposibilite totalmente el desempeño de las funciones propias del cuerpo, escala o plaza.
La pensión se reconoce y calcula conforme a las reglas de Clases Pasivas.
Incapacidad en el Régimen General
Cuando el funcionario está incluido en el Régimen General a efectos de pensiones, el INSS determina si existe incapacidad permanente, cuál es su grado y si corresponde una pensión.
Las reglas de cálculo no son las mismas que en Clases Pasivas. Por eso no existe una cuantía única aplicable a todos los mutualistas.
¿Qué prestaciones puede reconocer MUFACE?
MUFACE gestiona determinadas prestaciones relacionadas con la incapacidad y la jubilación.
- El subsidio de jubilación, un pago único para mutualistas que se jubilan forzosamente por edad o incapacidad y cumplen sus requisitos.
- La prestación de gran invalidez, que complementa la protección cuando se necesita ayuda de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida.
Estas prestaciones no sustituyen la pensión principal. Esta corresponde al régimen de Clases Pasivas o al Régimen General, según el caso.
La diferencia esencial
- La valoración determina cómo afecta la situación a la capacidad para el servicio.
- El órgano de personal declara la jubilación, cuando corresponde.
- El organismo competente reconoce la pensión.
MUFACE interviene en el mutualismo administrativo y en determinadas prestaciones, pero no reconoce con carácter general la pensión principal.
La explicación del régimen de Seguridad Social de los funcionarios, MUFACE y Clases Pasivas desarrolla estas instituciones dentro del temario de Administrativo del Estado. La explicación del TREBEP permite consultar las causas de jubilación de los funcionarios.