Bloque 3 · Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema 16 de Agentes de Hacienda Pública
Obligaciones tributarias formales. Derechos y garantías de los obligados tributarios. Los obligados tributarios. La capacidad de obrar en el orden tributario. Representación y domicilio fiscal. Plazos de prescripción.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Obligaciones tributarias formales y libros registro fiscales | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Derechos y garantías de los obligados tributarios | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Concepto y categorías de obligados tributarios | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Sucesores de personas físicas, personas jurídicas y entidades | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Responsabilidad tributaria: régimen general, responsables solidarios y subsidiarios | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Capacidad de obrar en el orden tributario | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Representación legal, voluntaria y de no residentes | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Domicilio fiscal y comunicación de sus cambios | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Prescripción: derechos, cómputo, interrupción y efectos | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
Lo esencial
Puntos clave
- Las obligaciones formales no tienen contenido pecuniario y permiten identificar a los obligados, documentar operaciones, suministrar información y facilitar la comprobación tributaria.
- Los obligados tienen derecho, entre otras garantías, a información y asistencia, acceso a sus procedimientos, audiencia, devolución de ingresos y trato respetuoso y poco gravoso.
- Son obligados tributarios quienes deben cumplir obligaciones materiales o formales, incluidos contribuyentes, sustitutos, retenedores, responsables y determinadas entidades sin personalidad.
- El contribuyente realiza el hecho imponible; el sustituto ocupa por ley su posición ante la Administración y los retenedores y obligados a ingresar a cuenta anticipan pagos del tributo.
- Las obligaciones pendientes se transmiten a los sucesores en los términos legales; las sanciones no pasan a los herederos de personas físicas.
- La responsabilidad puede ser solidaria o subsidiaria, requiere un acuerdo de derivación y, como regla, no alcanza a las sanciones; la subsidiaria exige la previa declaración de fallido.
- Quien tiene capacidad de obrar puede actuar mediante representante; la representación se presume en trámites ordinarios, pero debe acreditarse para los actos de mayor trascendencia.
- El domicilio fiscal localiza al obligado ante la Administración y se determina según se trate de persona física, jurídica, entidad sin personalidad o no residente.
- Prescriben a los cuatro años los derechos a liquidar, cobrar, solicitar devoluciones y obtenerlas; cada uno tiene su propio inicio de cómputo y causas de interrupción.
- La prescripción se aplica de oficio y extingue la deuda; el derecho a comprobar bases, cuotas y deducciones pendientes está sujeto al plazo especial de diez años.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- Ley 58/2003Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
- RD 1065/2007Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos