Bloque 3 · Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema 21 de Agentes de Hacienda Pública
La extinción de la deuda tributaria (I). Medios de extinción de la deuda. El pago o cumplimiento: forma, momento, plazos, imputación, consignación y medios de pago. Aplazamiento y fraccionamiento del pago.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Extinción de la deuda tributaria y efectos liberatorios | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Legitimación, lugar, forma y momento del pago | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Plazos para el pago | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Cheque, tarjeta, transferencia y domiciliación bancaria | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Efectos timbrados, pago en especie y acreditación del pago | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Tributos incompatibles y consignación | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Imputación de pagos | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Presupuesto y deudas inaplazables | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Solicitud, tramitación y resolución | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Garantías, medidas cautelares y dispensa | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Efectos de la solicitud, intereses e incumplimiento | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
Lo esencial
Puntos clave
- Las deudas tributarias se extinguen por pago, prescripción, compensación, condonación y los demás medios previstos legalmente; cada medio libera solo por el importe concurrente.
- Cualquier persona puede efectuar el pago, pero solo libera frente a la Hacienda pública cuando se realiza ante el órgano, entidad o persona autorizados.
- El plazo de ingreso depende de si la deuda procede de autoliquidación, liquidación administrativa, notificación colectiva o providencia de apremio.
- El pago puede realizarse en efectivo, mediante los medios bancarios admitidos, efectos timbrados o en especie cuando una ley lo autorice, y debe quedar acreditado mediante justificante.
- El obligado con varias deudas puede elegir a cuál imputa el pago; en ejecución forzosa, la Administración lo aplica a la más antigua según su fecha de exigibilidad.
- La consignación puede suspender la ejecución durante una impugnación o producir efectos liberatorios cuando el acreedor no admite el pago o no puede recibirlo.
- El aplazamiento o fraccionamiento exige una dificultad económico-financiera transitoria y puede solicitarse en período voluntario o ejecutivo, salvo para las deudas legalmente inaplazables.
- La solicitud presentada en período voluntario impide iniciar el período ejecutivo, pero no detiene los intereses; en ejecutiva no suspende el apremio, aunque paraliza la enajenación.
- La Administración puede exigir aval, seguro de caución u otras garantías y conceder una dispensa total o parcial en los supuestos previstos por la ley.
- El incumplimiento del aplazamiento o de una fracción provoca el inicio o la continuación del período ejecutivo y determina los efectos sobre los restantes vencimientos y garantías.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- Ley 58/2003Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
- RD 939/2005Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación