Bloque 3 · Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario

Tema 25 de Agentes de Hacienda Pública

La potestad sancionadora en materia tributaria. Principios. Sujetos responsables. Concepto y clases de infracciones y sanciones tributarias. Cuantificación de las sanciones tributarias pecuniarias. Extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones tributarias y extinción de las sanciones tributarias. Procedimiento sancionador en materia tributaria: iniciación, instrucción y terminación.

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Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Potestad sancionadora tributaria y principios aplicables¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Responsabilidad y regularización voluntaria¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Sujetos infractores, responsables y sucesores¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Concepto, clases y calificación de las infracciones¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Sanciones pecuniarias y no pecuniarias¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Graduación de las sanciones pecuniarias¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Reducciones del 65 %, 30 % y 40 %¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Infracciones vinculadas a deuda, devoluciones y partidas fiscales¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Infracciones por declaraciones, contabilidad, facturación y software¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
NIF, resistencia, sigilo, retenciones y conflicto en la norma¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Extinción de la responsabilidad y de las sanciones¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Separación del procedimiento, derechos y competencias¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Iniciación del procedimiento sancionador¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Instrucción, prueba, propuesta y audiencia¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Terminación, plazo y caducidad¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Recursos y suspensión de la ejecución¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. La potestad sancionadora está sometida a legalidad, tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad y no concurrencia, y se diferencia de la liquidación de la deuda.
  2. Solo son infracciones las acciones u omisiones tipificadas cometidas con dolo o culpa; no hay responsabilidad, entre otros casos, cuando se actuó con diligencia o interpretación razonable.
  3. Las infracciones se califican como leves, graves o muy graves según cada tipo y circunstancias como la ocultación o el empleo de medios fraudulentos.
  4. Las sanciones pueden ser multas fijas o proporcionales y, en los casos legales, incluir consecuencias accesorias no pecuniarias.
  5. Las multas se gradúan únicamente mediante los criterios legales aplicables, como reiteración, perjuicio económico e incumplimiento sustancial de facturación.
  6. Las reducciones son del 65 % en actas con acuerdo, del 30 % por conformidad y del 40 % por pronto pago sin recurso, con sus requisitos e incompatibilidades.
  7. La responsabilidad por la infracción se extingue por muerte o prescripción; una sanción ya impuesta también puede extinguirse por pago, compensación o condonación.
  8. El procedimiento sancionador se tramita separado del de aplicación de los tributos, salvo renuncia expresa o acta con acuerdo, y se inicia siempre de oficio.
  9. La instrucción debe acreditar hechos y culpabilidad, incorporar formalmente las pruebas y conceder audiencia antes de una resolución motivada.
  10. El procedimiento debe concluir en seis meses; su caducidad impide reiniciarlo por los mismos hechos y el recurso administrativo suspende la sanción sin garantía.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • Ley 58/2003Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
  • RD 2063/2004Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, Reglamento general del régimen sancionador tributario
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