Bloque 3 · Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema 25 de Agentes de Hacienda Pública
La potestad sancionadora en materia tributaria. Principios. Sujetos responsables. Concepto y clases de infracciones y sanciones tributarias. Cuantificación de las sanciones tributarias pecuniarias. Extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones tributarias y extinción de las sanciones tributarias. Procedimiento sancionador en materia tributaria: iniciación, instrucción y terminación.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Principios y responsables | ¿Cuándo existe responsabilidad sancionadora? | Principios, culpabilidad, regularización, infractores, responsables y sucesores. |
| Infracción y sanción | ¿Cómo se tipifica y califica una conducta? | Concepto, clases, calificación y sanciones aplicables. |
| Cuantificación | ¿Cómo se calcula la sanción? | Base, porcentajes, graduación y reducciones. |
| Tipos infractores | ¿Qué incumplimientos sanciona la LGT? | Infracciones con perjuicio económico y por deberes formales. |
| Procedimiento y recursos | ¿Cómo se impone y revisa la sanción? | Inicio, instrucción, terminación, caducidad, recursos y suspensión. |
Lo esencial
Puntos clave
- La potestad sancionadora tributaria está sometida a legalidad, tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad y no concurrencia.
- Solo existe infracción cuando una acción u omisión culpable está tipificada por una norma con rango suficiente.
- La regularización voluntaria puede excluir sanciones en los supuestos previstos, sin eliminar necesariamente recargos o intereses.
- La ley identifica sujetos infractores y regula separadamente responsables y sucesores de las sanciones.
- Las infracciones se califican como leves, graves o muy graves según los criterios de cada tipo.
- Las sanciones pueden ser pecuniarias y, en determinados casos, no pecuniarias.
- La cuantificación combina importe base, calificación, criterios de graduación y reducciones compatibles.
- Las infracciones abarcan perjuicio económico, devoluciones, partidas fiscales, deberes formales, facturación, resistencia y sigilo.
- El procedimiento sancionador se tramita separadamente del de aplicación de los tributos, salvo renuncia del interesado.
- La sanción puede impugnarse separadamente y su ejecución queda suspendida automáticamente en los términos legales.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- Ley 58/2003Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
- RD 2063/2004Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, Reglamento general del régimen sancionador tributario