Bloque 3 · Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema 25 de Agentes de Hacienda Pública
La potestad sancionadora en materia tributaria. Principios. Sujetos responsables. Concepto y clases de infracciones y sanciones tributarias. Cuantificación de las sanciones tributarias pecuniarias. Extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones tributarias y extinción de las sanciones tributarias. Procedimiento sancionador en materia tributaria: iniciación, instrucción y terminación.
Perspectiva general
Contenidos principales
Desliza la tabla hacia los lados para ver todas las columnas.
| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Potestad sancionadora tributaria y principios aplicables | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Responsabilidad y regularización voluntaria | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Sujetos infractores, responsables y sucesores | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Concepto, clases y calificación de las infracciones | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Sanciones pecuniarias y no pecuniarias | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Graduación de las sanciones pecuniarias | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Reducciones del 65 %, 30 % y 40 % | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Infracciones vinculadas a deuda, devoluciones y partidas fiscales | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Infracciones por declaraciones, contabilidad, facturación y software | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| NIF, resistencia, sigilo, retenciones y conflicto en la norma | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Extinción de la responsabilidad y de las sanciones | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Separación del procedimiento, derechos y competencias | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Iniciación del procedimiento sancionador | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Instrucción, prueba, propuesta y audiencia | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Terminación, plazo y caducidad | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
| Recursos y suspensión de la ejecución | ¿Qué regula este epígrafe? | Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes. |
Lo esencial
Puntos clave
- La potestad sancionadora está sometida a legalidad, tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad y no concurrencia, y se diferencia de la liquidación de la deuda.
- Solo son infracciones las acciones u omisiones tipificadas cometidas con dolo o culpa; no hay responsabilidad, entre otros casos, cuando se actuó con diligencia o interpretación razonable.
- Las infracciones se califican como leves, graves o muy graves según cada tipo y circunstancias como la ocultación o el empleo de medios fraudulentos.
- Las sanciones pueden ser multas fijas o proporcionales y, en los casos legales, incluir consecuencias accesorias no pecuniarias.
- Las multas se gradúan únicamente mediante los criterios legales aplicables, como reiteración, perjuicio económico e incumplimiento sustancial de facturación.
- Las reducciones son del 65 % en actas con acuerdo, del 30 % por conformidad y del 40 % por pronto pago sin recurso, con sus requisitos e incompatibilidades.
- La responsabilidad por la infracción se extingue por muerte o prescripción; una sanción ya impuesta también puede extinguirse por pago, compensación o condonación.
- El procedimiento sancionador se tramita separado del de aplicación de los tributos, salvo renuncia expresa o acta con acuerdo, y se inicia siempre de oficio.
- La instrucción debe acreditar hechos y culpabilidad, incorporar formalmente las pruebas y conceder audiencia antes de una resolución motivada.
- El procedimiento debe concluir en seis meses; su caducidad impide reiniciarlo por los mismos hechos y el recurso administrativo suspende la sanción sin garantía.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- Ley 58/2003Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
- RD 2063/2004Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, Reglamento general del régimen sancionador tributario