Bloque 3 · Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario

Tema 30 de Agentes de Hacienda Pública

El Impuesto sobre el Valor Añadido (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. Entregas de bienes y prestaciones de servicios: hecho imponible. Exenciones. Lugar de realización del hecho imponible.

20 apartados37 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

Desliza la tabla hacia los lados para ver todas las columnas.

Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Naturaleza y objeto del Impuesto sobre el Valor Añadido¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Ámbito territorial del impuesto¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Hecho imponible de las entregas de bienes y prestaciones de servicios¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Empresarios o profesionales¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Concepto de edificación¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Operaciones no sujetas¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Entregas de bienes¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Autoconsumo de bienes y transferencias intracomunitarias¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Prestaciones de servicios¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Autoconsumo de servicios¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Adquisiciones intracomunitarias e importaciones: delimitación necesaria¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Exenciones interiores de interés general¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Exenciones inmobiliarias y renuncia¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Exenciones en exportaciones y operaciones asimiladas¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Depósito temporal y regímenes aduaneros o fiscales¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Entregas intracomunitarias exentas¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Efectos delimitadores de las exenciones¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Lugar de realización de las entregas de bienes¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Reglas generales de localización de servicios¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Reglas especiales de localización de servicios¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Ver explicación

Lo esencial

Puntos clave

  1. El IVA es un impuesto indirecto sobre el consumo que grava entregas y servicios empresariales, adquisiciones intracomunitarias e importaciones.
  2. El territorio de aplicación del IVA español comprende la Península y Baleares; Canarias, Ceuta y Melilla quedan fuera y reciben un tratamiento territorial distinto.
  3. Una entrega o servicio queda sujeto cuando lo realiza en ese territorio un empresario o profesional, a título oneroso y en el desarrollo de su actividad, aunque sea ocasional.
  4. Es empresario o profesional quien ordena medios por cuenta propia para producir o distribuir bienes o servicios; también lo son, en los supuestos legales, arrendadores, promotores y sociedades mercantiles.
  5. La no sujeción deja la operación fuera del hecho imponible, mientras la exención presupone una operación sujeta a la que la ley dispensa de repercutir el impuesto.
  6. La entrega de bienes transmite el poder de disposición sobre un bien corporal; las operaciones sujetas que no sean entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones se califican como servicios.
  7. El autoconsumo somete determinadas transferencias gratuitas o cambios de afectación para evitar que bienes o servicios deducidos salgan del circuito empresarial sin tributación.
  8. Las adquisiciones intracomunitarias gravan en destino ciertos bienes procedentes de otro Estado miembro; las importaciones se refieren a la entrada de bienes desde territorios terceros.
  9. Las exenciones interiores protegen operaciones concretas, como determinadas prestaciones sanitarias, educativas, sociales, financieras o inmobiliarias, siempre que se cumplan todos sus requisitos.
  10. Las exportaciones y entregas intracomunitarias pueden quedar exentas cuando los bienes salen del territorio y se acredita el transporte y el destino exigidos por la ley.
  11. Las entregas se localizan, como regla, donde el bien se pone a disposición o donde comienza su transporte; inmuebles, instalaciones y ventas a distancia tienen reglas especiales.
  12. Los servicios entre empresarios se localizan normalmente donde está el destinatario y los prestados a consumidores donde está el prestador, salvo las reglas especiales por inmueble, evento, transporte, servicios digitales u otros supuestos.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • Ley 37/1992Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
  • RD 1624/1992Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido
Ver base legislativa