Bloque 1 · Organización del Estado y funcionamiento de la Administración General del Estado

Tema 4 de Agentes de Hacienda Pública

La organización territorial del Estado. Comunidades y Ciudades Autónomas. Las Entidades Locales. Las Instituciones de la Unión Europea: El Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión, el Tribunal de Justicia.

9 apartados60 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
La organización territorial del Estado¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Las comunidades autónomas¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Las entidades locales¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
El marco institucional y los actos jurídicos de la Unión Europea¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
El Consejo de la Unión Europea¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
El Parlamento Europeo¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
La Comisión Europea¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. El Estado se organiza en municipios, provincias y comunidades autónomas, que gestionan sus intereses con autonomía dentro de la unidad constitucional y conforme a los principios de solidaridad, igualdad y equilibrio territorial.
  2. Las comunidades autónomas se rigen por su Estatuto, que delimita territorio, instituciones y competencias; el reparto competencial resulta de la Constitución, los Estatutos y las técnicas de transferencia o delegación.
  3. Ceuta y Melilla son ciudades autónomas con Asamblea, Presidente y Consejo de Gobierno; sus Asambleas ejercen potestad reglamentaria, pero no la potestad legislativa propia de las comunidades autónomas.
  4. Municipio, provincia e isla son entidades locales territoriales: el Ayuntamiento gobierna el municipio y las Diputaciones u órganos insulares coordinan y asisten los servicios de ámbito supramunicipal.
  5. La Unión Europea solo actúa dentro de las competencias atribuidas por los Tratados y conforme a subsidiariedad y proporcionalidad; reglamentos, directivas y decisiones son vinculantes con diferente alcance.
  6. El Consejo reúne a un representante ministerial de cada Estado y ejerce con el Parlamento las funciones legislativa y presupuestaria, además de definir políticas y coordinar la actuación de los Estados.
  7. El Parlamento Europeo representa directamente a la ciudadanía, se elige cada cinco años y comparte legislación y presupuesto con el Consejo, además de controlar políticamente a la Comisión.
  8. La Comisión promueve el interés general de la Unión, propone normalmente la legislación, vela por la aplicación del Derecho europeo, ejecuta el presupuesto y responde colegiadamente ante el Parlamento.
  9. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea garantiza la interpretación y aplicación uniforme del Derecho de la Unión mediante el Tribunal de Justicia y el Tribunal General, a través de los procedimientos atribuidos por los Tratados.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
  • Ley 7/1985Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
  • LO 1/1995Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta
  • LO 2/1995Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla
  • LO 5/1985Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
  • TUEVersión consolidada del Tratado de la Unión Europea (15 de marzo de 2025)
  • TFUEVersión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (15 de marzo de 2025)
  • Decisión (UE) 2023/2061Decisión (UE) 2023/2061 del Consejo Europeo, de 22 de septiembre de 2023, por la que se fija la composición del Parlamento Europeo
  • Decisión 2013/272/UEDecisión 2013/272/UE del Consejo Europeo, de 22 de mayo de 2013, relativa al número de miembros de la Comisión Europea
  • Decisión 2013/336/UEDecisión 2013/336/UE del Consejo, de 25 de junio de 2013, por la que se aumenta el número de abogados generales del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
  • Protocolo n.º 3Protocolo n.º 3 sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, versión consolidada incluida en el TFUE de 15 de marzo de 2025
  • Reglamento (UE, Euratom) 2024/2019Reglamento (UE, Euratom) 2024/2019, de 11 de abril de 2024, por el que se modifica el Protocolo n.º 3 sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
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