Bloque 1 · Organización del Estado y funcionamiento de la Administración General del Estado

Tema 7 de Agentes de Hacienda Pública

Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes de los funcionarios. La provisión de puestos de trabajo y la carrera administrativa. Situaciones administrativas. Incompatibilidades y régimen disciplinario. El régimen de Seguridad Social de los funcionarios.

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Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Fundamento, fuentes, ámbito y aplicación del TREBEP¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Clases de empleados públicos, funciones reservadas y personal directivo¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Acceso, adquisición y pérdida de la relación de servicio¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Derechos individuales y colectivos, jornada, permisos y vacaciones¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Deberes, principios éticos y principios de conducta¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Carrera profesional, evaluación y retribuciones¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Planificación, ordenación y estructura del empleo público¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Provisión de puestos y movilidad¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Situaciones administrativas¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Incompatibilidades¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Régimen disciplinario¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Seguridad Social de los funcionarios: mutualismo, prestaciones y pensiones¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. El TREBEP establece las bases comunes del régimen de los empleados públicos y se completa con las leyes de función pública, la normativa específica de cada colectivo y, para el personal laboral, la legislación laboral.
  2. Los empleados públicos se clasifican en funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral y personal eventual; el personal directivo se define por sus funciones y no constituye una quinta clase general.
  3. El acceso se rige por igualdad, mérito, capacidad y publicidad; la condición de funcionario se adquiere mediante los actos legalmente exigidos y solo se pierde por las causas establecidas.
  4. Los empleados públicos tienen derechos individuales y colectivos y deben actuar con objetividad, integridad, imparcialidad, diligencia, confidencialidad y servicio al interés general.
  5. La carrera puede ser horizontal, vertical o promoción interna; la evaluación del desempeño valora conducta y resultados y las retribuciones se dividen en básicas y complementarias.
  6. La planificación utiliza instrumentos distintos: la oferta de empleo identifica necesidades de nuevo ingreso, las relaciones de puestos ordenan los destinos y los registros reúnen información del personal.
  7. Los puestos se proveen ordinariamente por concurso o libre designación con convocatoria pública; la movilidad y las formas temporales de cobertura responden a necesidades y supuestos específicos.
  8. Servicio activo, servicios especiales, servicio en otras Administraciones, excedencia y suspensión determinan distintos efectos sobre trabajo, retribuciones, reserva de puesto, cómputo y reingreso.
  9. La regla general de incompatibilidad exige dedicación a un solo puesto público y autorización previa para una segunda actividad pública o privada, que nunca puede comprometer la imparcialidad ni el cumplimiento del puesto.
  10. La potestad disciplinaria se somete a legalidad, tipicidad, culpabilidad, proporcionalidad y presunción de inocencia; faltas y sanciones se aplican mediante un procedimiento con audiencia y separación de instrucción y resolución.
  11. La protección social puede combinar mutualismo administrativo con Régimen General o Clases Pasivas según el colectivo y la fecha de ingreso; MUFACE gestiona las prestaciones mutualistas, no todo el régimen de pensiones.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
  • RDL 5/2015Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
  • Ley 30/1984Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública
  • Ley 53/1984Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas
  • RD 364/1995Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, provisión de puestos y promoción profesional
  • RD 365/1995Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas
  • RD 33/1986Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario
  • RDL 4/2000Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado
  • RD 375/2003Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo
  • RDL 670/1987Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado
  • RDL 8/2015Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
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