Bloque 2 · Derecho Administrativo General

Tema 9 de Agentes de Hacienda Pública

Los actos administrativos. Concepto y clases. Motivación, forma y eficacia de los actos administrativos. Notificación y publicación. Nulidad y anulabilidad. La revisión de oficio.

12 apartados26 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Concepto, delimitación y elementos del acto administrativo¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Clases de actos administrativos¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Producción, contenido, motivación y forma¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Ejecutividad, presunción de validez y eficacia¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Requisitos y condiciones generales de la notificación¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Notificación en papel, electrónica e infructuosa¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Publicación y protección de datos¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Ejecutoriedad y ejecución forzosa¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Nulidad de pleno derecho y anulabilidad¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Extensión de la invalidez, conversión, conservación y convalidación¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Revisión de oficio de actos y disposiciones nulos¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
Lesividad, suspensión, revocación, rectificación y límites de la revisión¿Qué regula este epígrafe?Concepto, sujetos, requisitos, procedimiento, efectos y excepciones pertinentes.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. El acto administrativo es una declaración de una Administración, dictada por el órgano competente en ejercicio de una potestad, que produce efectos jurídicos concretos y debe respetar contenido, finalidad, procedimiento y forma.
  2. Los actos pueden ser favorables o de gravamen, definitivos o de trámite, expresos o presuntos y reglados o discrecionales; solo los trámites cualificados pueden impugnarse de forma separada.
  3. La motivación expone los hechos y fundamentos jurídicos en los casos exigidos y permite controlar la decisión; la forma ordinaria es escrita por medios electrónicos, con reglas especiales para actos verbales o en serie.
  4. Los actos se presumen válidos y producen efectos desde que se dictan, salvo demora por su contenido, notificación, publicación o aprobación; la retroactividad solo cabe en los supuestos y límites legales.
  5. Los actos que afectan a derechos o intereses deben notificarse dentro de diez días con su texto íntegro y los recursos; la notificación electrónica se rechaza tras diez días naturales sin acceso cuando fue elegida u obligatoria.
  6. La publicación sustituye a la notificación en los casos previstos, especialmente cuando existe una pluralidad indeterminada de personas o un procedimiento selectivo, y debe preservar los datos y derechos afectados.
  7. La ejecutividad permite exigir el cumplimiento del acto; la ejecución forzosa requiere una resolución previa, apercibimiento, proporcionalidad y elección del medio legal menos restrictivo.
  8. La nulidad de pleno derecho se reserva a causas tasadas y la anulabilidad es la regla para las demás infracciones; los defectos formales o temporales solo invalidan cuando concurren las condiciones legales.
  9. Conversión, conservación y convalidación permiten mantener los elementos válidos o corregir vicios anulables, pero no subsanan las causas de nulidad de pleno derecho.
  10. La revisión de actos nulos exige dictamen consultivo favorable; los actos favorables anulables requieren lesividad y recurso judicial, mientras los desfavorables pueden revocarse y los errores materiales rectificarse dentro de sus límites.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
  • Ley 39/2015Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
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