Bloque 1 · Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera
Tema 5 de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
La Unión Europea: tratados originarios y modificativos. Las instituciones comunitarias: el Parlamento, el Consejo, el Consejo Europeo, la Comisión, el Tribunal de Justicia, el Tribunal de Cuentas, el Banco Central Europeo. Efectos de la integración europea sobre la organización del Estado español.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Tratados | ¿Cómo se construyó y cómo se reforma la Unión? | Tratados originarios y modificativos, adhesión y retirada. |
| España | ¿Qué fundamento y consecuencias tiene la integración? | Artículos 93 a 96 CE, principios, participación y aplicación. |
| Marco y Consejo Europeo | ¿Qué instituciones existen y quién fija la orientación general? | Siete instituciones, equilibrio y Consejo Europeo. |
| Consejo | ¿Cómo representa a los Gobiernos y decide? | Composición, funciones, formaciones, presidencia y votación. |
| Parlamento | ¿Cómo se compone y qué funciones y controles ejerce? | Representación, elección, legislación, presupuesto y control. |
| Comisión | ¿Cómo se forma y qué funciones ejerce? | Iniciativa, vigilancia, ejecución, independencia y responsabilidad. |
| TJUE | ¿Cómo se organiza y qué procedimientos resuelve? | Tribunal de Justicia, Tribunal General y recursos. |
| Tribunal de Cuentas | ¿Cómo se compone y qué fiscaliza? | Independencia, cuentas, regularidad y buena gestión. |
| BCE | ¿Cuál es su posición y cómo dirige la política monetaria? | SEBC, Eurosistema, independencia, órganos y rendición de cuentas. |
Lo esencial
Puntos clave
- La Unión se fundamenta en el TUE y el TFUE, que tienen el mismo valor jurídico, y actúa solo dentro de competencias atribuidas.
- París y Roma son los tratados originarios; Acta Única, Maastricht, Ámsterdam, Niza y Lisboa marcan las principales reformas.
- El marco institucional comprende siete instituciones con funciones diferenciadas y deber de cooperación leal.
- Consejo Europeo y Consejo no son equivalentes: el primero orienta políticamente y no legisla; el segundo representa a los Gobiernos y colegisla.
- Parlamento y Consejo comparten legislación y presupuesto; la Comisión promueve el interés general y dispone normalmente de iniciativa.
- El TJUE garantiza interpretación y aplicación del Derecho; el Tribunal de Cuentas fiscaliza y el BCE dirige la política monetaria del euro.
- La integración española se fundamenta en los artículos 93 a 96 CE y exige participación, ejecución y control por los poderes internos.
- La primacía y el efecto directo operan en el ámbito del Derecho de la Unión sin alterar por sí mismos el reparto interno de competencias.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- TUETratado de la Unión Europea y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
- CEConstitución Española de 1978
- TFUETratado de Funcionamiento de la Unión Europea: preceptos complementarios