Bloque 2 · Procedimientos y actuaciones procesales
Tema 17 de Tramitación Procesal
Los procedimientos de ejecución en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Clases de ejecución: disposiciones generales de cada una de ellas. Especial referencia a la libranza de mandamientos, efectividad de los embargos acordados en el decreto acordando medidas ejecutivas concretas para llevar a cabo lo dispuesto por la orden general de ejecución y en los decretos de mejora, averiguación patrimonial, preparación procesal de la vía de apremio de muebles e inmuebles, actas de celebración de subastas y trámite de depósito judicial. Las medidas cautelares.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Estructura de la ejecución | ¿Cómo se pasa del título al cumplimiento forzoso? | Título, demanda, orden general, medidas, oposición, suspensión y terminación. |
| Ejecución dineraria | ¿Cómo se obtiene dinero del patrimonio del ejecutado? | Requerimiento, manifestación, investigación, embargo, garantía y vía de apremio. |
| Actuaciones de tramitación | ¿Cómo se hacen efectivos y documentan los embargos? | Mandamientos, mejora, bienes muebles e inmuebles, subastas, depósitos y consignaciones. |
| Ejecución no dineraria y especial | ¿Cómo se cumple una prestación distinta del pago de dinero? | Entrega, hacer, no hacer, declaración de voluntad y ejecuciones con régimen propio. |
| Medidas cautelares | ¿Cómo se protege la eficacia de una futura sentencia? | Presupuestos, solicitud, caución, adopción, oposición, modificación y alzamiento. |
Lo esencial
Puntos clave
- La ejecución transforma en realidad práctica un derecho reconocido en un título ejecutivo.
- La demanda ejecutiva da lugar, cuando procede, al auto con la orden general de ejecución y al decreto que concreta las medidas ejecutivas.
- La oposición no abre un nuevo declarativo y sus motivos dependen del tipo de título y de la clase de ejecución.
- La ejecución dineraria localiza, embarga, garantiza y realiza patrimonio para satisfacer al ejecutante.
- La manifestación de bienes y la investigación patrimonial son mecanismos diferentes y se acuerdan mediante las resoluciones legalmente previstas.
- La traba, su garantía, la remoción, el depósito y la realización del bien son momentos distintos de la vía de apremio.
- La preparación de la subasta exige completar la documentación, valoración y situación registral o posesoria correspondiente al bien.
- La ejecución no dineraria adapta las medidas al deber de entregar, hacer, no hacer o emitir una declaración de voluntad.
- Las medidas cautelares aseguran la eficacia de una futura sentencia y no equivalen a la satisfacción ejecutiva del título.
- Mandamientos, diligencias, actas de subasta y depósitos deben mantener identificación, trazabilidad y constancia procesal suficiente.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- LECLey 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento CivilVer explicación de LEC
- LOPJLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder JudicialVer explicación de LOPJ
- RD 467/2006Real Decreto 467/2006, de 21 de abril