Bloque 1 · Organización del Estado y de la Administración pública

Tema 11 de Administrativo del Estado

La organización de la Unión Europea. El Consejo Europeo, el Consejo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Efectos de la integración europea sobre la organización del Estado español.

12 apartados37 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Naturaleza de la Unión¿Qué clase de organización es y de dónde obtiene sus poderes?Personalidad jurídica, valores, objetivos y Tratados constitutivos.
Competencias¿Cuándo puede actuar la Unión y con qué límites?Atribución, subsidiariedad, proporcionalidad y categorías competenciales.
Sistema institucional¿Cómo se distribuye el poder europeo?Siete instituciones, equilibrio institucional y cooperación leal.
Parlamento Europeo¿Cómo representa a la ciudadanía y controla a la Comisión?Elección, mandato, organización, legislación, presupuesto y censura.
Consejo Europeo¿Quién fija la dirección política general?Composición, presidencia, reuniones, decisiones y ausencia de función legislativa.
Consejo¿Cómo intervienen los Gobiernos en la decisión europea?Formaciones, presidencia, COREPER, funciones y sistemas de votación.
Comisión Europea¿Quién impulsa y vigila la acción común?Composición, nombramiento, independencia, iniciativa y responsabilidad.
Tribunal de Justicia¿Cómo se garantiza la unidad del Derecho europeo?Estructura, composición y principales procedimientos jurisdiccionales.
Integración en España¿Cómo entra y prevalece el Derecho de la Unión?Artículos 93 y 96 CE, primacía, efecto directo y ejecución normativa.
Organización española¿Qué cambia en los poderes y Administraciones españoles?Gobierno, Cortes, jueces, Comunidades Autónomas y participación territorial.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. La Unión Europea es una organización de integración dotada de personalidad jurídica y competencias atribuidas por los Estados mediante los Tratados, no un Estado federal ni una organización internacional ordinaria.
  2. Atribución delimita las competencias de la Unión; subsidiariedad decide cuándo debe actuar en ámbitos no exclusivos y proporcionalidad limita la intensidad de su actuación.
  3. El Parlamento Europeo representa directamente a la ciudadanía; el Consejo representa a los Gobiernos y ambos ejercen conjuntamente, con carácter general, las funciones legislativa y presupuestaria.
  4. El Consejo Europeo reúne a los jefes de Estado o de Gobierno, define orientaciones y prioridades políticas generales y no ejerce función legislativa.
  5. El Consejo de la Unión Europea se reúne en formaciones ministeriales, decide normalmente por mayoría cualificada y prepara sus trabajos mediante COREPER.
  6. La Comisión promueve el interés general de la Unión, ejerce normalmente la iniciativa legislativa, ejecuta el presupuesto y vigila la aplicación del Derecho europeo.
  7. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comprende el Tribunal de Justicia y el Tribunal General y garantiza el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados.
  8. La integración española se fundamenta en el artículo 93 de la Constitución, que permite atribuir mediante ley orgánica el ejercicio de competencias derivadas de ella.
  9. Primacía, efecto directo e interpretación conforme obligan a todas las autoridades españolas, aunque la integración no altera por sí sola el reparto interno de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas.
  10. Gobierno, Cortes, jueces, Comunidades Autónomas y entidades locales participan en la formación o aplicación del Derecho de la Unión dentro de sus respectivas funciones.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • TUETratado de la Unión Europea, versión consolidada
  • TFUETratado de Funcionamiento de la Unión Europea, versión consolidada
  • CDFUECarta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
  • Protocolos 1 y 2Protocolos n.º 1 y 2 sobre Parlamentos nacionales y subsidiariedad
  • Estatuto TJUEProtocolo n.º 3 sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
  • LO 10/1985Ley Orgánica 10/1985, de 2 de agosto, de autorización para la adhesión de España a las Comunidades Europeas
  • Ley 8/1994Ley 8/1994, de 19 de mayo, por la que se regula la Comisión Mixta para la Unión Europea
  • RD 1184/2024Real Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre, de estructura del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
  • Acuerdos CARUEAcuerdos de 9 de diciembre de 2004 sobre participación autonómica en asuntos de la Unión Europea
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