Bloque 1 · Organización del Estado y de la Administración pública

Tema 3 de Administrativo del Estado

Las Cortes Generales: composición, atribuciones y funcionamiento del Congreso de los Diputados y del Senado.

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Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Posición constitucional¿Qué representan las Cortes y por qué existen dos Cámaras?Representación popular, funciones generales, inviolabilidad institucional y bicameralismo desigual.
Congreso de los Diputados¿Cómo se compone y elige la Cámara de representación política general?Número de diputados, circunscripciones, distribución de escaños, sistema proporcional, mandato y constitución.
Senado¿Cómo se configura la Cámara de representación territorial?Elección directa, designación autonómica, circunscripciones, reforma de 2026 y duración del mandato.
Estatuto parlamentario¿Qué derechos, deberes y garantías corresponden a diputados y senadores?Mandato representativo, incompatibilidades, inviolabilidad, inmunidad, suplicatorio, aforamiento y retribución.
Organización interna¿Qué órganos permiten trabajar a cada Cámara?Autonomía parlamentaria, Presidencia, Mesa, Junta de Portavoces, grupos, Pleno, Comisiones y Diputación Permanente.
Funcionamiento¿Cuándo y cómo deliberan y adoptan acuerdos las Cámaras?Períodos de sesiones, reuniones extraordinarias, quórum, mayorías, votaciones, publicidad, investigación y peticiones.
Función legislativa¿Cómo se convierte una iniciativa en ley?Iniciativa, proyectos y proposiciones, leyes orgánicas, delegación legislativa, tramitación bicameral, veto, enmiendas y sanción.
Otras atribuciones¿Qué hacen las Cortes además de aprobar leyes?Presupuestos, control del Gobierno, tratados, estados excepcionales, nombramientos y decisiones territoriales.
Normas de referencia¿Qué normas sustentan el tema?Constitución, LOREG, Reglamentos del Congreso y del Senado y reformas de 2026.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso y el Senado. Legislan, aprueban los Presupuestos, controlan al Gobierno y ejercen las demás competencias constitucionales.
  2. El bicameralismo español es desigual: las dos Cámaras intervienen en la legislación, pero el Congreso tiene una posición decisiva en la relación de confianza con el Gobierno y puede superar el veto o las enmiendas del Senado.
  3. La Constitución fija para el Congreso una horquilla de 300 a 400 miembros; la LOREG establece su composición actual en 350 diputados, elegidos mediante representación proporcional en circunscripciones provinciales.
  4. El Senado combina senadores elegidos directamente en circunscripciones territoriales y senadores designados por las comunidades autónomas. Por ello, su número total no permanece necesariamente constante.
  5. La reforma constitucional de 2026 reconoce a Ibiza y Formentera como circunscripciones senatoriales separadas y la Ley Orgánica 2/2026 adapta a esa separación la legislación electoral.
  6. Diputados y senadores no están ligados por mandato imperativo. Su inviolabilidad, inmunidad y aforamiento protegen el ejercicio independiente de la función parlamentaria y tienen alcances diferentes.
  7. Las Cámaras disfrutan de autonomía reglamentaria, presupuestaria y organizativa. Presidencia, Mesa, Junta de Portavoces, Pleno, Comisiones y Diputación Permanente cumplen funciones distintas y coordinadas.
  8. Las Cámaras se reúnen en dos períodos ordinarios de sesiones. Para adoptar acuerdos deben estar reunidas reglamentariamente y con asistencia de la mayoría de sus miembros; el voto parlamentario es personal e indelegable.
  9. El procedimiento legislativo relaciona iniciativa, deliberación, aprobación, intervención del Senado y sanción regia. Los plazos, las mayorías y las materias reservadas determinan qué procedimiento debe seguirse.
  10. Las atribuciones parlamentarias no se agotan en legislar: comprenden la función presupuestaria, el control del Gobierno, la autorización de determinados tratados y diversas decisiones constitucionales, territoriales e institucionales.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
  • LOREGLey Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
  • RCDReglamento del Congreso de los Diputados, de 10 de febrero de 1982
  • RSTexto refundido del Reglamento del Senado, de 3 de mayo de 1994
  • Reforma CE 2026Reforma del artículo 69.3 de la Constitución Española, de 19 de mayo de 2026
  • LO 2/2026Ley Orgánica 2/2026, de 30 de junio, de modificación de la LOREG
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