Bloque 1 · Organización del Estado y de la Administración pública
Tema 5 de Administrativo del Estado
El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Designación, causas de cese y responsabilidad del Gobierno. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Gobierno y Administración | ¿Son la misma institución? | Dirección política, servicio objetivo y continuidad administrativa. |
| Composición | ¿Quién forma parte del Gobierno? | Presidente, Vicepresidentes, Ministros, requisitos e incompatibilidades. |
| Presidencia | ¿Qué posición y funciones tiene el Presidente? | Dirección, coordinación, representación y facultades constitucionales. |
| Designación | ¿Cómo se forma un Gobierno? | Consultas, investidura, mayorías, nombramientos y plazo de dos meses. |
| Consejo de Ministros | ¿Cómo actúa el Gobierno colegiadamente? | Competencias, reuniones, actas, secreto y formas de decisión. |
| Órganos de apoyo | ¿Quién prepara y coordina la actividad gubernamental? | Comisiones Delegadas, Comisión General, Secretariado y Gabinetes. |
| Funciones | ¿Qué potestades ejerce el Ejecutivo? | Dirección política, ejecución, reglamentos, iniciativa legislativa y estados excepcionales. |
| Cese | ¿Qué puede hacer un Gobierno en funciones? | Causas de cese, continuidad, despacho ordinario y prohibiciones. |
| Relaciones parlamentarias | ¿Cómo controlan las Cortes al Gobierno? | Información, comparecencias, preguntas, confianza, censura y disolución. |
| Responsabilidad y control | ¿Ante quién responde el Gobierno? | Responsabilidad política y criminal, control judicial y constitucional. |
Lo esencial
Puntos clave
- El Gobierno es el órgano constitucional que dirige la política y la Administración; la Administración es una organización permanente que sirve con objetividad los intereses generales.
- El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, cuando existan, y de los Ministros; los Secretarios de Estado no son miembros del Gobierno.
- El Presidente dirige la acción del Gobierno, coordina a sus miembros y concentra las decisiones que conectan al Ejecutivo con el Rey, las Cortes y el Tribunal Constitucional.
- La investidura corresponde al Congreso: exige mayoría absoluta en primera votación o mayoría simple cuarenta y ocho horas después.
- El Rey nombra al Presidente tras la investidura y nombra o separa a Vicepresidentes y Ministros a propuesta exclusiva del Presidente del Gobierno.
- El Consejo de Ministros es el órgano colegiado del Gobierno; aprueba proyectos de ley, normas con rango de ley, reglamentos, planes y las restantes decisiones que le atribuye el ordenamiento.
- Las deliberaciones del Consejo de Ministros son secretas; lo convoca y preside el Presidente y actúa como secretario el Ministro de la Presidencia.
- El Gobierno cesante continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo, pero debe limitarse al despacho ordinario salvo urgencia o interés general expresamente justificados.
- El Gobierno responde solidariamente de su gestión política ante el Congreso, que puede retirar su confianza mediante una moción de censura constructiva.
- El control del Gobierno puede ser político, contencioso-administrativo o constitucional; la responsabilidad criminal de sus miembros se exige ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
- Ley del GobiernoLey 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
- LO 4/1981Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio
- Ley 3/2015Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado
- LRJSPLey 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público