Bloque 1 · Organización del Estado y de la Administración pública

Tema 5 de Administrativo del Estado

El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Designación, causas de cese y responsabilidad del Gobierno. Las funciones del Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

12 apartados33 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Gobierno y Administración¿Son la misma institución?Dirección política, servicio objetivo y continuidad administrativa.
Composición¿Quién forma parte del Gobierno?Presidente, Vicepresidentes, Ministros, requisitos e incompatibilidades.
Presidencia¿Qué posición y funciones tiene el Presidente?Dirección, coordinación, representación y facultades constitucionales.
Designación¿Cómo se forma un Gobierno?Consultas, investidura, mayorías, nombramientos y plazo de dos meses.
Consejo de Ministros¿Cómo actúa el Gobierno colegiadamente?Competencias, reuniones, actas, secreto y formas de decisión.
Órganos de apoyo¿Quién prepara y coordina la actividad gubernamental?Comisiones Delegadas, Comisión General, Secretariado y Gabinetes.
Funciones¿Qué potestades ejerce el Ejecutivo?Dirección política, ejecución, reglamentos, iniciativa legislativa y estados excepcionales.
Cese¿Qué puede hacer un Gobierno en funciones?Causas de cese, continuidad, despacho ordinario y prohibiciones.
Relaciones parlamentarias¿Cómo controlan las Cortes al Gobierno?Información, comparecencias, preguntas, confianza, censura y disolución.
Responsabilidad y control¿Ante quién responde el Gobierno?Responsabilidad política y criminal, control judicial y constitucional.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. El Gobierno es el órgano constitucional que dirige la política y la Administración; la Administración es una organización permanente que sirve con objetividad los intereses generales.
  2. El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, cuando existan, y de los Ministros; los Secretarios de Estado no son miembros del Gobierno.
  3. El Presidente dirige la acción del Gobierno, coordina a sus miembros y concentra las decisiones que conectan al Ejecutivo con el Rey, las Cortes y el Tribunal Constitucional.
  4. La investidura corresponde al Congreso: exige mayoría absoluta en primera votación o mayoría simple cuarenta y ocho horas después.
  5. El Rey nombra al Presidente tras la investidura y nombra o separa a Vicepresidentes y Ministros a propuesta exclusiva del Presidente del Gobierno.
  6. El Consejo de Ministros es el órgano colegiado del Gobierno; aprueba proyectos de ley, normas con rango de ley, reglamentos, planes y las restantes decisiones que le atribuye el ordenamiento.
  7. Las deliberaciones del Consejo de Ministros son secretas; lo convoca y preside el Presidente y actúa como secretario el Ministro de la Presidencia.
  8. El Gobierno cesante continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo, pero debe limitarse al despacho ordinario salvo urgencia o interés general expresamente justificados.
  9. El Gobierno responde solidariamente de su gestión política ante el Congreso, que puede retirar su confianza mediante una moción de censura constructiva.
  10. El control del Gobierno puede ser político, contencioso-administrativo o constitucional; la responsabilidad criminal de sus miembros se exige ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
  • Ley del GobiernoLey 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
  • LO 4/1981Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio
  • Ley 3/2015Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado
  • LRJSPLey 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
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