Bloque 2 · Temario específico de Seguridad Social

Tema 30 de Administrativo de la Seguridad Social

Acción protectora. Contenido y clasificación de las prestaciones. Caracteres de las prestaciones. Incompatibilidades. Reintegro de las prestaciones indebidas. Requisitos generales del derecho a las prestaciones. Responsabilidades en orden a las prestaciones por incumplimiento de las obligaciones de afiliación, altas, bajas y cotización. Automaticidad y anticipo de prestaciones. Riesgo protegido: contingencias comunes y profesionales.

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Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Acción protectora¿Qué ofrece el sistema frente a una necesidad protegida?Contenido, modalidades y criterios de clasificación.
Régimen jurídico¿Cómo se pagan y protegen las prestaciones?Indisponibilidad, tributación, pagas, incompatibilidades y recargo.
Paso del tiempo¿Qué ocurre si se solicita o cobra fuera de plazo?Prescripción, caducidad, efectos económicos y reintegro.
Acceso¿Qué debe acreditar el beneficiario?Alta, cotización, situación asimilada y corriente de pago.
Incumplimientos¿Quién paga cuando la empresa incumple?Responsabilidad, automaticidad, anticipo y subrogación.
Riesgo protegido¿Cómo se distingue una contingencia común de una profesional?Accidente de trabajo, enfermedad profesional y contingencias comunes.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. La acción protectora comprende prestaciones económicas, asistencia sanitaria, recuperación profesional, prestaciones familiares y servicios sociales.
  2. La contingencia es el riesgo protegido; la situación de necesidad es su consecuencia y la prestación es la respuesta jurídica del sistema.
  3. Una misma prestación puede clasificarse simultáneamente como contributiva, económica, periódica y sustitutiva de rentas.
  4. Las mejoras voluntarias complementan la protección pública, pero no permiten disponer libremente del régimen legal de Seguridad Social.
  5. Las prestaciones no pueden cederse, compensarse o descontarse, salvo en los supuestos expresamente previstos.
  6. Las pensiones derivadas de contingencias comunes se satisfacen, con carácter general, en catorce pagas.
  7. Las pensiones causadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional llevan prorrateadas las pagas extraordinarias en las doce mensualidades.
  8. La incompatibilidad entre pensiones del Régimen General exige identidad de beneficiario y ausencia de una excepción expresa.
  9. El recargo por falta de medidas de seguridad incrementa entre un 30 % y un 50 % todas las prestaciones económicas derivadas del daño profesional.
  10. Prescripción, caducidad y reintegro regulan problemas distintos y tienen plazos diferentes.
  11. El derecho al reconocimiento prescribe, como regla general, a los cinco años; cada mensualidad reconocida caduca al año de su vencimiento.
  12. La percepción indebida debe reintegrarse aunque derive de un error de la entidad gestora.
  13. El acceso a cada prestación exige combinar requisitos generales con los específicos de la contingencia protegida.
  14. En accidente, laboral o no, y enfermedad profesional no se exige período previo de cotización, salvo previsión legal expresa.
  15. El incumplimiento empresarial puede originar responsabilidad sin privar necesariamente al trabajador de protección inmediata.
  16. El alta de pleno derecho, la automaticidad y el anticipo son figuras relacionadas, pero no equivalentes.
  17. Quien anticipa una prestación se subroga en los derechos del beneficiario frente al responsable.
  18. El accidente de trabajo exige una lesión y una conexión causal con el trabajo, modulada por inclusiones, exclusiones y presunciones legales.
  19. La enfermedad profesional requiere que actividad, agente y enfermedad estén comprendidos en el cuadro reglamentario.
  20. La enfermedad causada exclusivamente por el trabajo pero no incluida en ese cuadro puede ser accidente de trabajo, no enfermedad profesional.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • RDL 8/2015Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social
  • RD 84/1996Real Decreto 84/1996, inscripción, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos
  • RD 1299/2006Real Decreto 1299/2006, cuadro de enfermedades profesionales
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