Bloque 2 · Temario específico de Seguridad Social
Tema 36 de Administrativo de la Seguridad Social
Recursos generales del sistema de la Seguridad Social. El patrimonio único de la Seguridad Social: titularidad, adscripción, administración y custodia. Los negocios jurídicos patrimoniales: adquisición, enajenación, arrendamiento y cesión. El Fondo de Reserva de la Seguridad Social: constitución, dotación y disposición. Gestión de los recursos financieros: atribución de funciones. Pago de prestaciones de la Seguridad Social.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Financiación | ¿De dónde obtiene sus recursos la Seguridad Social? | Recursos generales, separación de fuentes, reparto y capitales coste. |
| Patrimonio único | ¿A quién pertenecen y cómo se protegen los bienes? | Titularidad, inventario, adscripción, custodia e inembargabilidad. |
| Negocios patrimoniales | ¿Cómo se adquieren, venden, arriendan o ceden los inmuebles? | Competencias, procedimientos ordinarios, excepciones y efectos. |
| Fondo de Reserva | ¿Cómo se constituye, se nutre y se utiliza? | Excedentes, MEI, rendimientos, disposición, inversión y control. |
| Gestión financiera | ¿Cómo administra la TGSS el dinero del sistema? | Caja única, circuito financiero, cuentas, presupuesto monetario y ordenadores. |
| Pago de prestaciones | ¿Cómo llega el importe al beneficiario? | Propuesta, orden, pago material, entidades colaboradoras, medios y plazos. |
Lo esencial
Puntos clave
- La financiación combina aportaciones del Estado, cuotas, recargos y sanciones, rendimientos patrimoniales y otros ingresos legales.
- La separación de fuentes determina qué protección se financia con impuestos y cuál se sostiene básicamente mediante cotizaciones.
- El sistema financiero ordinario es el de reparto.
- Recursos, patrimonio y tesorería son conceptos relacionados, pero no equivalentes.
- Las cuotas, bienes, derechos y restantes recursos forman un patrimonio único, afecto a los fines de la Seguridad Social y distinto del estatal.
- La titularidad del patrimonio único corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social.
- La TGSS forma el Inventario General y promueve la inscripción registral de sus bienes y derechos.
- La adscripción atribuye el uso de un inmueble sin transmitir su titularidad.
- La entidad destinataria asume normalmente la conservación, mejora, defensa posesoria y obligaciones tributarias.
- Los bienes y derechos del patrimonio, así como sus rentas, frutos y productos, son inembargables.
- La adquisición onerosa de inmuebles se realiza ordinariamente mediante concurso público.
- La enajenación exige alienabilidad, tasación, autorización y el procedimiento correspondiente.
- Arrendar un inmueble necesario y explotar un inmueble innecesario son operaciones distintas.
- La cesión gratuita transmite el uso, no la propiedad, y queda sometida a destino, plazo, conservación y reversión.
- El Fondo de Reserva atiende necesidades financieras de las pensiones contributivas.
- El Mecanismo de Equidad Intergeneracional nutre el Fondo de Reserva y no computa para las prestaciones.
- En 2026 el MEI es del 0,90 %: 0,75 puntos a cargo de la empresa y 0,15 del trabajador.
- La disposición del Fondo está reservada a pensiones contributivas y queda sujeta desde 2033 a límites vinculados al PIB.
- La TGSS gestiona los recursos financieros como caja única y ordena los pagos.
- Reconocimiento, propuesta de pago, orden de pago y pago material son actuaciones diferentes.
- La transferencia bancaria es el medio ordinario de pago.
- Tras el primer abono, las prestaciones periódicas deben estar disponibles el primer día hábil y, como máximo, el cuarto día natural.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- RDL 8/2015Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social
- RD 1221/1992Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el patrimonio de la Seguridad Social
- RD 696/2018Real Decreto 696/2018, de 29 de junio
- Ley 33/2003Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas
- Ley 47/2003Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria