Bloque 3 · II. Derecho Penitenciario

Tema 28 de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

La regulación supranacional en materia penitenciaria: convenios, tratados, pactos, declaraciones y recomendaciones. Especial referencia a los acuerdos sobre traslados de personas condenadas. Organismos de vigilancia y control. Especial consideración de la labor de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa. La Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea.

20 apartados21 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

Desliza la tabla hacia los lados para ver todas las columnas.

Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Naciones UnidasPIDCP, Convención contra la Tortura, OPCAT y reglas mínimasComités, Subcomité y mecanismos nacionales preventivos
Consejo de EuropaCEDH, Convenio del CPT, Reglas Penitenciarias y Convenio de trasladoTEDH, Comité de Ministros, CPT y cooperación entre Estados
Unión EuropeaInstrumentos de la Ley 23/2014Reconocimiento directo entre autoridades competentes
Traslado convencionalConvenio de Estrasburgo de 1983Acuerdo del Estado de condena y del Estado de cumplimiento
Pena UEDecisión Marco 2008/909/JAI y Ley 23/2014Transmisión, reconocimiento y ejecución judicial
Ver explicación

Lo esencial

Puntos clave

  1. Los tratados ratificados y publicados forman parte del ordenamiento español; declaraciones, reglas y recomendaciones carecen normalmente de fuerza convencional, pero orientan la interpretación y la práctica penitenciaria.
  2. Naciones Unidas combina tratados vinculantes, comités de supervisión, visitas preventivas y estándares como las Reglas Nelson Mandela, Bangkok, Tokio y La Habana.
  3. El Consejo de Europa reúne tutela jurisdiccional mediante el TEDH, prevención mediante el CPT y estándares penitenciarios del Comité de Ministros.
  4. El Convenio de Estrasburgo de 1983 facilita que la condena se cumpla en otro Estado para favorecer la reinserción; no reconoce un derecho automático al traslado.
  5. España excluyó convencionalmente la conversión de condena y exige notificación incluso en determinados tránsitos aéreos sin aterrizaje.
  6. La Ley 23/2014 aplica el reconocimiento mutuo en la UE mediante comunicación directa, certificados y causas tasadas de denegación, con reglas específicas para cada instrumento.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEDHConvenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950
  • PIDCPPacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, hecho en Nueva York el 19 de diciembre de 1966
  • CATConvención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, hecha en Nueva York el 10 de diciembre de 1984
  • CPTConvenio Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes, hecho en Estrasburgo el 26 de noviembre de 1987
  • Ley 23/2014Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea
  • Reglas Nelson MandelaReglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela)
  • RPEReglas Penitenciarias Europeas, Recomendación Rec(2006)2-rev del Comité de Ministros del Consejo de Europa
  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
  • CTPCConvenio sobre Traslado de Personas Condenadas, hecho en Estrasburgo el 21 de marzo de 1983
Ver base legislativa