Bloque 1 · Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera

Tema 7 de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

El personal de Instituciones Penitenciarias: los diferentes cuerpos de funcionarios. El Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias: funciones generales y funciones a desempeñar en las distintas unidades de servicio. Personal en régimen de derecho laboral.

8 apartados9 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Cuerpos¿Qué personal y cuerpos prestan servicio?Personal funcionario, cuerpos y personal laboral.
Ayudantes¿Cuáles son sus funciones generales?Vigilancia, disciplina, observación, rehabilitación y administración.
Integración¿Cómo opera la igualdad y la protección de la intimidad?Cuerpo único y reservas funcionales limitadas.
Unidades¿Qué rango tienen sus reglas funcionales?Vigencia residual y compatibilidad.
Vigilancia¿Qué se hace en acceso, rastrillo, patios y módulos?Control, movimientos, recuentos y observación.
Relaciones¿Qué se hace en comunicaciones, ingresos, salidas y paquetes?Identificación, registro, entrega y control.
Especializados¿Qué cometidos tienen enfermería, cocina y otros servicios?Salud, alimentación, suministros e información.
Laborales¿Cómo se encuadra el personal laboral?Ámbito, exclusiones y clasificación profesional.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. En la Administración penitenciaria prestan servicio personal funcionario de distintos cuerpos y personal laboral.
  2. Los cuerpos no equivalen a puestos concretos: cada cuerpo aporta una cualificación y unas funciones legales, mientras que la relación de puestos distribuye destinos y cometidos.
  3. El Cuerpo de Ayudantes realiza vigilancia y custodia interior, vela por disciplina y limpieza, aporta observación y colabora en rehabilitación y tareas administrativas.
  4. Las antiguas escalas masculina y femenina están extinguidas e integradas en un único Cuerpo de Ayudantes.
  5. La intimidad puede justificar reservas limitadas de determinados puestos o tareas por sexo, en los términos del Real Decreto 1836/2008.
  6. Las funciones de las unidades proceden de artículos del Reglamento de 1981 que subsisten con rango de resolución y solo en cuanto no se opongan al Reglamento de 1996.
  7. El personal laboral se rige por el IV Convenio único en su ámbito y se clasifica mediante grupo profesional, familia y especialidad.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • Ley 36/1977Ley 36/1977, de ordenación de los Cuerpos Especiales Penitenciarios y de creación del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
  • Ley 39/1970Ley 39/1970, de 22 de diciembre, sobre reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios
  • RD 1836/2008Real Decreto 1836/2008, de integración de las escalas masculina y femenina del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
  • RD 190/1996Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario
  • RD 1201/1981Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, Reglamento Penitenciario anterior: funciones mantenidas con rango de resolución
  • IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado
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