Bloque 2 · Procedimientos y actuaciones procesales
Tema 27 de Tramitación Procesal
Los actos de comunicación con otros Tribunales y Autoridades: oficios y mandamientos. El auxilio judicial: los exhortos y los mandamientos en el proceso penal. Cooperación jurídica internacional: las comisiones rogatorias.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Comunicación con tribunales y autoridades | ¿Qué instrumentos existen y a quién se dirigen? | Clases del artículo 149 LEC, destinatarios institucionales frente a partes, remisión electrónica y constancia de la comunicación. |
| Oficios y mandamientos | ¿Cuándo se libra un oficio y cuándo un mandamiento? | Registradores, notarios y funcionarios de Justicia frente a otras autoridades, certificaciones y testimonios, contenido y forma. |
| Auxilio judicial | ¿Cómo colabora un órgano judicial con otro? | Deber de cooperación (artículos 273 LOPJ y 169 LEC), supuestos, petición directa y límites territoriales. |
| Exhortos | ¿Qué contiene un exhorto y cómo se cumple? | Contenido del artículo 171 LEC, órgano exhortante y exhortado, expedición por el LAJ, remisión, cumplimiento, plazo y devolución. |
| Mandamientos penales | ¿Qué despacho se usa en el proceso penal según el destinatario? | Suplicatorio, exhorto y mandamiento o carta-orden (artículos 183 a 196 LECrim), prisión, libertad, busca y actuaciones registrales. |
| Cooperación internacional | ¿Cómo se pide o presta auxilio a autoridades extranjeras? | Normas de la Unión Europea, tratados y ley interna (artículos 276 y 277 LOPJ), comisiones rogatorias, cauces de transmisión, ejecución y motivos de denegación. |
Lo esencial
Puntos clave
- La comunicación entre órganos judiciales, autoridades y otros destinatarios utiliza instrumentos diferentes según quién deba recibirla y si se solicita información, se ordena una actuación o se requiere auxilio.
- El oficio se dirige normalmente a autoridades o funcionarios no registrales, mientras que el mandamiento ordena una actuación a registradores, notarios, fuerzas de seguridad u otros destinatarios previstos por la ley.
- El auxilio judicial permite encargar a otro órgano una actuación que debe practicarse fuera de la circunscripción o que aquel puede realizar con mayor facilidad; en el proceso civil se solicita mediante exhorto.
- El exhorto identifica los órganos, el proceso, las partes, las actuaciones solicitadas y el plazo; el LAJ lo expide, autoriza y remite y el órgano requerido documenta su cumplimiento y devuelve el resultado.
- En el proceso penal se utilizan suplicatorios, exhortos y mandamientos según el destinatario y la diligencia; estos últimos permiten ejecutar órdenes concretas como una prisión, libertad, busca o actuación registral.
- La cooperación jurídica internacional se rige primero por las normas de la Unión Europea y los tratados aplicables y, subsidiariamente, por la legislación española de cooperación jurídica internacional.
- Las comisiones rogatorias solicitan actuaciones procesales a autoridades extranjeras o atienden sus peticiones; se transmiten por los cauces establecidos y se ejecutan conforme a la ley española, salvo causa legal de denegación.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- LOPJLey Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
- LECLey 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
- LECrimLey de Enjuiciamiento Criminal
- Ley 29/2015Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil
- Ley 23/2014Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea
- RDLey 6/2023Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre