Bloque 2 · Procedimientos y actuaciones procesales

Tema 29 de Tramitación Procesal

El Registro Civil. Estructura del Registro Civil. las Oficinas del Registro Civil: Oficina Central, Oficinas Generales y Oficinas Consulares y sus funciones. Hechos y actos inscribibles en el Registro Civil.

5 apartados26 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Registro Civil¿Qué naturaleza y principios tiene el Registro Civil actual?Unidad, carácter electrónico, registro individual, código personal, publicidad y legalidad.
Estructura¿Cómo se organiza institucional y tecnológicamente?Dirección, oficinas, sistema común, Encargados y relaciones funcionales.
Oficinas¿Qué función corresponde a cada clase de oficina?Oficina Central, Oficinas Generales, Oficinas Consulares y reglas de competencia.
Hechos y actos inscribibles¿Qué realidades personales acceden al Registro?Nacimiento, filiación, nombre, sexo, nacionalidad, matrimonio, apoyos, ausencia y defunción, entre otras.
Distinciones básicas¿Qué conceptos no deben confundirse?Hecho, título, asiento, registro individual, oficina y publicidad registral.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. El Registro Civil es único y electrónico para toda España y se organiza mediante oficinas conectadas a un sistema común.
  2. Cada persona dispone de un registro individual asociado a un código personal único e invariable.
  3. El Registro Civil es público con los límites derivados de la protección de datos y del régimen de acceso a información especialmente protegida.
  4. Los principios de legalidad, oficialidad, exactitud, integridad y accesibilidad ordenan la actuación registral.
  5. La Oficina Central, las Oficinas Generales y las Oficinas Consulares forman parte del mismo Registro, pero ejercen funciones diferentes.
  6. La Oficina Central atiende, entre otras funciones, supuestos que no corresponden a otra oficina y mantiene relaciones con autoridades extranjeras en los términos legales.
  7. Las Oficinas Generales desarrollan la actividad registral ordinaria en su ámbito territorial.
  8. Las Oficinas Consulares practican actuaciones relativas a españoles en el extranjero conforme a su competencia.
  9. La ley enumera los hechos y actos inscribibles; no toda circunstancia relativa a una persona tiene acceso registral.
  10. Institución, oficina, registro individual, asiento, título y hecho inscribible son conceptos relacionados, pero no equivalentes.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • Ley 20/2011Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil
  • CCReal Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil
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