Bloque 3 · Derecho administrativo general

Tema 19 de Administrativo del Estado

Los contratos del sector público: concepto y clases. Preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Régimen de invalidez y recursos.

12 apartados45 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Concepto¿Qué contratos y sujetos comprende la Ley?Onerosidad y categoría del ente.
Clases¿Cómo se califica cada contrato?Prestación, riesgo y régimen jurídico.
Elementos¿Quién contrata, con quién y por cuánto?Competencia, aptitud y magnitudes económicas.
Preparación¿Qué debe justificarse antes de licitar?Necesidad, expediente y pliegos.
Adjudicación¿Cómo se elige y formaliza al contratista?Publicidad, criterios y resolución.
Procedimientos¿Qué cauce de selección corresponde?Concurrencia y presupuesto habilitante.
Cumplimiento¿Cómo se ejecuta y recibe la prestación?Dirección, pago, recepción y garantía.
Alteraciones¿Cuándo cambian precio o prestación?Revisión, modificación y suspensión.
Incumplimiento¿Qué consecuencias y formas de extinción proceden?Penalidad, daños y resolución.
Invalidez¿Qué sucede cuando la contratación infringe el ordenamiento?Nulidad, anulabilidad, revisión y efectos.
Recursos¿Cómo se controla una decisión contractual?Recurso especial, recursos ordinarios y jurisdicción.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. La Ley distingue sector público, poder adjudicador y Administración pública; la intensidad de su régimen contractual depende de la categoría del ente.
  2. Obras, concesión de obras, concesión de servicios, suministro y servicios se diferencian por su prestación y por la existencia o no de riesgo operacional.
  3. Presupuesto base de licitación, valor estimado y precio son magnitudes distintas y cumplen funciones diferentes.
  4. Preparación, adjudicación, formalización y ejecución son fases sucesivas sometidas a reglas y órganos propios.
  5. El abierto, restringido, negociado, diálogo competitivo y asociación para la innovación responden a presupuestos distintos.
  6. La revisión de precios actualiza una contraprestación conforme a fórmulas; la modificación altera la prestación y exige causa y procedimiento.
  7. El incumplimiento puede originar penalidades, indemnización, incautación de garantía o resolución, según su naturaleza y gravedad.
  8. La invalidez contractual puede proceder de las causas generales del Derecho administrativo o de causas específicas de la LCSP.
  9. El recurso especial es potestativo y gratuito, pero solo cabe frente a los contratos, actuaciones y umbrales delimitados por la Ley.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • Ley 9/2017Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • CEConstitución Española de 1978
  • Ley 39/2015Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 29/1998Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
  • Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014
  • Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014
  • Orden HAC/1517/2025, de 18 de diciembre
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