Bloque 3 · Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario

Base legislativa del Tema 28 de Agentes de Hacienda Pública

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II): clases de renta. Integración y compensación de rentas. Base liquidable general y del ahorro. Adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares del contribuyente. Cálculo del impuesto estatal. Cuota diferencial. Tributación familiar. Gestión del impuesto.

2 normas110 artículos

Textos oficiales

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Esta sección recoge los artículos de las normas relacionados con el tema, reproducidos a partir de sus textos consolidados en el Boletín Oficial del Estado. Se muestran únicamente los artículos relevantes, no las normas completas. Para comprobar su vigencia y posibles modificaciones, consulta siempre la publicación oficial.

Norma

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

48 artículos en este tema

Artículo 44. Clases de renta

Artículo 45. Renta general

Artículo 46. Renta del ahorro

Artículo 47. Integración y compensación de rentas

Artículo 48. Integración y compensación de rentas en la base imponible general

Artículo 49. Integración y compensación de rentas en la base imponible del ahorro

Artículo 50. Base liquidable general y del ahorro

Artículo 51. Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social

Artículo 52. Límite de reducción

Importe anual de la contribución empresarialAportación máxima del trabajador
Igual o inferior a 500 eurosContribución empresarial × 2,5
Entre 500,01 y 1.500 euros1.250 euros + 0,25 × (contribución empresarial − 500 euros)
Más de 1.500 eurosContribución empresarial × 1

Artículo 53. Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social constituidos a favor de personas con discapacidad

Artículo 54. Reducciones por aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad

Artículo 55. Reducciones por pensiones compensatorias

Artículo 56. Mínimo personal y familiar

Artículo 57. Mínimo del contribuyente

Artículo 58. Mínimo por descendientes

Artículo 59. Mínimo por ascendientes

Artículo 60. Mínimo por discapacidad

Artículo 61. Normas comunes para la aplicación del mínimo del contribuyente y por descendientes, ascendientes y discapacidad

Artículo 62. Cuota íntegra estatal

Artículo 63. Escala general del Impuesto

Base liquidable hasta (€)Cuota íntegra (€)Resto de base hasta (€)Tipo aplicable
0,000,0012.450,009,50 %
12.450,001.182,757.750,0012,00 %
20.200,002.112,7515.000,0015,00 %
35.200,004.362,7524.800,0018,50 %
60.000,008.950,75240.000,0022,50 %
300.000,0062.950,75En adelante24,50 %

Artículo 64. Especialidades aplicables en los supuestos de anualidades por alimentos a favor de los hijos

Artículo 65. Escala aplicable a los residentes en el extranjero

Base liquidable hasta (€)Cuota íntegra (€)Resto de base hasta (€)Tipo aplicable
0,000,0012.450,009,50 %
12.450,001.182,757.750,0012,00 %
20.200,002.112,7515.000,0015,00 %
35.200,004.362,7524.800,0018,50 %
60.000,008.950,75En adelante22,50 %

Artículo 66. Tipos de gravamen del ahorro

Base liquidable del ahorro hasta (€)Cuota íntegra (€)Resto de base hasta (€)Tipo aplicable
006.0009,5 %
6.000,0057044.00010,5 %
50.000,005.190150.00011,5 %
200.000,0022.440100.00013,5 %
300.000,0035.940En adelante15 %
Base liquidable del ahorro hasta (€)Cuota íntegra (€)Resto de base hasta (€)Tipo aplicable
006.00019 %
6.000,001.14044.00021 %
50.000,0010.380150.00023 %
200.000,0044.880100.00027 %
300.000,0071.880En adelante30 %

Artículo 67. Cuota líquida estatal

Artículo 68. Deducciones

Artículo 69. Límites de determinadas deducciones

Artículo 70. Comprobación de la situación patrimonial

Artículo 79. Cuota diferencial

Artículo 80. Deducción por doble imposición internacional

Artículo 81. Deducción por maternidad

Artículo 81 bis. Deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo

Artículo 82. Tributación conjunta

Artículo 83. Opción por la tributación conjunta

Artículo 84. Normas aplicables en la tributación conjunta

Artículo 96. Obligación de declarar

Artículo 97. Autoliquidación

Artículo 98. Borrador de declaración

Artículo 99. Obligación de practicar pagos a cuenta

Artículo 100. Normas sobre pagos a cuenta, transmisión y obligaciones formales relativas a activos financieros y otros valores mobiliarios

Artículo 101. Importe de los pagos a cuenta

Base para calcular el tipo de retención hasta (€)Cuota de retención (€)Resto de base hasta (€)Tipo aplicable
0,000,0012.450,0019,00 %
12.450,002.365,507.750,0024,00 %
20.200,004.225,5015.000,0030,00 %
35.200,008.725,5024.800,0037,00 %
60.000,0017.901,50240.000,0045,00 %
300.000,00125.901,50En adelante47,00 %

Artículo 102. Liquidación provisional

Artículo 103. Devolución derivada de la normativa del tributo

Artículo 104. Obligaciones formales de los contribuyentes

Artículo 105. Obligaciones formales del retenedor, del obligado a practicar ingresos a cuenta y otras obligaciones formales

Artículo 106. Responsabilidad patrimonial del contribuyente

Artículo 107. Infracciones y sanciones

Disposición adicional undécima. Mutualidad de previsión social de deportistas profesionales

Disposición transitoria decimoctava. Deducción por inversión en vivienda habitual

Norma

Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

62 artículos en este tema

Artículo 49. Planes de previsión asegurados

Artículo 50. Plazo de presentación de las autoliquidaciones complementarias en la disposición de derechos consolidados de sistemas de previsión social

Artículo 51. Excesos de aportaciones a los sistemas de previsión social

Artículo 53. Mínimo familiar por descendientes menores de tres años

Artículo 54. Concepto de vivienda habitual

Artículo 55. Adquisición y rehabilitación de la vivienda habitual

Artículo 56. Cuentas vivienda

Artículo 57. Obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad

Artículo 58. Deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla

Artículo 59. Pérdida del derecho a deducir

Artículo 60. Procedimiento para la práctica de la deducción por maternidad y su pago anticipado y para la aplicación del incremento de dicha deducción

Artículo 60 bis. Procedimiento para la práctica de las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo y su pago anticipado

Artículo 61. Obligación de declarar

Artículo 62. Autoliquidación e ingreso

Artículo 63. Fraccionamiento en los supuestos de fallecimiento y de pérdida de la residencia en España

Artículo 64. Borrador de declaración

Artículo 65. Devoluciones derivadas de la normativa del tributo

Artículo 66. Liquidación provisional a no obligados a presentar declaración

Artículo 67. Colaboración externa en la presentación y gestión de declaraciones

Artículo 67 bis. Rectificación de autoliquidaciones

Artículo 68. Obligaciones formales, contables y registrales

Artículo 72. Acreditación de la condición de persona con discapacidad y de la necesidad de ayuda de otra persona o de la existencia de dificultades de movilidad

Artículo 74. Obligación de practicar retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Artículo 75. Rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta

Artículo 76. Obligados a retener o ingresar a cuenta

Artículo 77. Importe de la retención o ingreso a cuenta

Artículo 78. Nacimiento de la obligación de retener o de ingresar a cuenta

Artículo 79. Imputación temporal de las retenciones o ingresos a cuenta

Artículo 80. Importe de las retenciones sobre rendimientos del trabajo

Artículo 81. Límite cuantitativo excluyente de la obligación de retener

Situación del contribuyente0 descendientes (€)1 descendiente (€)2 o más descendientes (€)
Soltero, viudo, divorciado o separado legalmente con derecho a la reducción monoparental17.64418.694
Cónyuge sin rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas17.19718.13019.262
Otras situaciones15.87616.34216.867

Artículo 82. Procedimiento general para determinar el importe de la retención

Artículo 83. Base para calcular el tipo de retención

Artículo 84. Mínimo personal y familiar para calcular el tipo de retención

Artículo 85. Cuota de retención

Base para calcular el tipo de retención hasta (€)Cuota de retención (€)Resto de base hasta (€)Tipo aplicable
0,000,0012.450,0019,00 %
12.450,002.365,507.750,0024,00 %
20.200,004.225,5015.000,0030,00 %
35.200,008.725,5024.800,0037,00 %
60.000,0017.901,50240.000,0045,00 %
300.000,00125.901,50En adelante47,00 %

Artículo 85 bis. Deducción por obtención de rendimientos del trabajo para calcular el tipo de retención

Artículo 86. Tipo de retención

Artículo 87. Regularización del tipo de retención

Artículo 88. Comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador

Artículo 89. Procedimientos especiales en materia de retenciones e ingresos a cuenta

Artículo 90. Importe de las retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario

Artículo 91. Concepto y clasificación de activos financieros

Artículo 92. Requisitos fiscales para la transmisión, reembolso y amortización de activos financieros

Artículo 93. Base de retención sobre los rendimientos del capital mobiliario

Artículo 94. Nacimiento de la obligación de retener y de ingresar a cuenta sobre los rendimientos del capital mobiliario

Artículo 95. Importe de las retenciones sobre rendimientos de actividades económicas

Artículo 96. Importe de las retenciones sobre ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva

Artículo 97. Base de retención sobre las ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva

Artículo 98. Nacimiento de la obligación de retener

Artículo 99. Importe de las retenciones sobre otras ganancias patrimoniales

Artículo 100. Importe de las retenciones sobre arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles

Artículo 101. Importe de las retenciones sobre derechos de imagen y otras rentas

Artículo 102. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del trabajo

Artículo 103. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del capital mobiliario

Artículo 104. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie de actividades económicas

Artículo 105. Ingresos a cuenta sobre determinadas ganancias patrimoniales

Artículo 106. Ingreso a cuenta sobre otras rentas

Artículo 107. Ingreso a cuenta sobre derechos de imagen

Artículo 108. Obligaciones formales del retenedor y del obligado a ingresar a cuenta

Artículo 109. Obligados al pago fraccionado

Artículo 110. Importe del fraccionamiento

Rendimientos netos del ejercicio anterior (€)Minoración por trimestre (€)
Igual o inferior a 9.000100
Entre 9.000,01 y 10.00075
Entre 10.000,01 y 11.00050
Entre 11.000,01 y 12.00025

Artículo 111. Declaración e ingreso

Artículo 112. Entidades en régimen de atribución de rentas

Base legislativa del tema

¿Y ahora?

El texto legal es la referencia, pero se retiene practicando. Vuelve a la explicación si necesitas el porqué, o comprueba con preguntas qué se te ha quedado.