Bloque 1 · Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera

Tema 3 de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

El Gobierno: el Consejo de Ministros, el Presidente del Gobierno, los Ministros y otros miembros. La Administración Periférica del Estado: los Delegados de Gobierno, Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares. Breve referencia a sus competencias.

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Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Gobierno y Administración¿Quién dirige y quién gestiona?Dirección política frente a servicio objetivo y sometimiento al Derecho.
Composición del Gobierno¿Quién forma parte y cómo funciona?Presidente, vicepresidentes y ministros; dirección presidencial, colegialidad y responsabilidad departamental.
Presidente¿Cómo accede, qué hace y cuándo cesa?Investidura, nombramiento, competencias, confianza y Gobierno en funciones.
Consejo de Ministros¿Qué decisiones adopta y cómo se reúne?Competencias, formas jurídicas, secretaría, actas y sesiones a distancia.
Colaboración y apoyo¿Quién prepara y asiste al Gobierno?Comisiones Delegadas, Comisión General, Secretariado y Gabinetes.
Ministros y Secretarios de Estado¿Qué posición ocupa cada uno?Miembro del Gobierno frente a órgano superior de la Administración.
Organización territorial¿Cómo llega la AGE al territorio?Delegaciones, Subdelegaciones, Direcciones Insulares y servicios territoriales.
Titulares territoriales¿Quién dirige cada ámbito?Nombramiento, dependencia, rango y competencias de Delegado, Subdelegado y Director Insular.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado, y ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria.
  2. Gobierno y Administración son realidades distintas: el primero dirige políticamente y la segunda sirve con objetividad los intereses generales con sometimiento pleno al Derecho.
  3. El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes cuando existan y de los Ministros; los Secretarios de Estado no son miembros del Gobierno.
  4. El Presidente dirige y coordina, el Consejo de Ministros decide colegiadamente y cada Ministro conserva competencia y responsabilidad directa en su departamento.
  5. La Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios prepara los asuntos del Consejo de Ministros, pero no puede decidir por delegación del Gobierno.
  6. El Gobierno en funciones debe facilitar el traspaso de poderes y limitarse al despacho ordinario, salvo urgencia acreditada o razones de interés general justificadas.
  7. El Ministro es a la vez miembro del Gobierno y órgano superior de la Administración; el Secretario de Estado es órgano superior, pero no miembro del Gobierno.
  8. La organización territorial estatal se articula mediante Delegaciones, Subdelegaciones, Direcciones Insulares y servicios territoriales integrados o no integrados.
  9. El Delegado representa al Gobierno en la comunidad autónoma; el Subdelegado actúa en la provincia; el Director Insular ejerce en su isla las competencias atribuidas a los Subdelegados.
  10. Nombramiento, rango y territorio forman una cadena de examen: Consejo de Ministros–Delegado–comunidad autónoma; Delegado–Subdelegado–provincia; Delegado–Director Insular–isla.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
  • Ley 50/1997Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
  • Ley 40/2015Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
  • Ley 39/2015Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
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