Bloque 1 · Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera
Tema 3 de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
El Gobierno: el Consejo de Ministros, el Presidente del Gobierno, los Ministros y otros miembros. La Administración Periférica del Estado: los Delegados de Gobierno, Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares. Breve referencia a sus competencias.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Gobierno y Administración | ¿Quién dirige y quién gestiona? | Dirección política frente a servicio objetivo y sometimiento al Derecho. |
| Composición del Gobierno | ¿Quién forma parte y cómo funciona? | Presidente, vicepresidentes y ministros; dirección presidencial, colegialidad y responsabilidad departamental. |
| Presidente | ¿Cómo accede, qué hace y cuándo cesa? | Investidura, nombramiento, competencias, confianza y Gobierno en funciones. |
| Consejo de Ministros | ¿Qué decisiones adopta y cómo se reúne? | Competencias, formas jurídicas, secretaría, actas y sesiones a distancia. |
| Colaboración y apoyo | ¿Quién prepara y asiste al Gobierno? | Comisiones Delegadas, Comisión General, Secretariado y Gabinetes. |
| Ministros y Secretarios de Estado | ¿Qué posición ocupa cada uno? | Miembro del Gobierno frente a órgano superior de la Administración. |
| Organización territorial | ¿Cómo llega la AGE al territorio? | Delegaciones, Subdelegaciones, Direcciones Insulares y servicios territoriales. |
| Titulares territoriales | ¿Quién dirige cada ámbito? | Nombramiento, dependencia, rango y competencias de Delegado, Subdelegado y Director Insular. |
Lo esencial
Puntos clave
- El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado, y ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria.
- Gobierno y Administración son realidades distintas: el primero dirige políticamente y la segunda sirve con objetividad los intereses generales con sometimiento pleno al Derecho.
- El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes cuando existan y de los Ministros; los Secretarios de Estado no son miembros del Gobierno.
- El Presidente dirige y coordina, el Consejo de Ministros decide colegiadamente y cada Ministro conserva competencia y responsabilidad directa en su departamento.
- La Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios prepara los asuntos del Consejo de Ministros, pero no puede decidir por delegación del Gobierno.
- El Gobierno en funciones debe facilitar el traspaso de poderes y limitarse al despacho ordinario, salvo urgencia acreditada o razones de interés general justificadas.
- El Ministro es a la vez miembro del Gobierno y órgano superior de la Administración; el Secretario de Estado es órgano superior, pero no miembro del Gobierno.
- La organización territorial estatal se articula mediante Delegaciones, Subdelegaciones, Direcciones Insulares y servicios territoriales integrados o no integrados.
- El Delegado representa al Gobierno en la comunidad autónoma; el Subdelegado actúa en la provincia; el Director Insular ejerce en su isla las competencias atribuidas a los Subdelegados.
- Nombramiento, rango y territorio forman una cadena de examen: Consejo de Ministros–Delegado–comunidad autónoma; Delegado–Subdelegado–provincia; Delegado–Director Insular–isla.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
- Ley 50/1997Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
- Ley 40/2015Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Ley 39/2015Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas