Bloque 1 · Programa de la última convocatoria
Explicación del Tema 3 de Personal Oficios Servicios Internos
Organización administrativa del Ayuntamiento de Madrid: áreas, distritos y sedes
3.1
La organización administrativa del Ayuntamiento de Madrid
El Ayuntamiento necesita distribuir sus funciones entre numerosos órganos y unidades. No sería posible dirigir la seguridad, el urbanismo, los servicios sociales, las obras, la vivienda o la actividad cultural desde una sola oficina. La organización administrativa establece quién asume cada materia, qué relación jerárquica existe entre los órganos y qué unidades se encargan de preparar y ejecutar las decisiones.
El modelo madrileño puede comprenderse a partir de tres dimensiones. La organización central atiende materias que afectan al conjunto de la ciudad y se articula principalmente mediante las áreas de gobierno. La organización territorial acerca la gestión a los barrios a través de los distritos. La organización institucional recurre a organismos públicos dotados de personalidad jurídica propia para gestionar de manera especializada determinados servicios o actividades.
Este tema se concentra en las dos primeras. La estructura central y la territorial no constituyen administraciones separadas. Ambas pertenecen al Ayuntamiento, actúan bajo una dirección política común y deben coordinarse. La diferencia se encuentra en el criterio utilizado para repartir el trabajo: las áreas se especializan por materias; los distritos lo hacen por territorio y proximidad.
| Dimensión | Criterio de organización | Ejemplo |
|---|---|---|
| Central | Sector o materia de actuación | Urbanismo, cultura, hacienda, obras o políticas sociales. |
| Territorial | Parte del término municipal | Centro, Retiro, Tetuán, Latina o Barajas. |
| Institucional | Gestión especializada mediante una entidad propia | Organismos autónomos municipales. |
La organización debe respetar los principios de jerarquía, eficacia, descentralización funcional, desconcentración, coordinación y servicio a la ciudadanía. La jerarquía permite dirigir y ordenar la actuación de los órganos dependientes; la desconcentración acerca el ejercicio de competencias a unidades inferiores o territoriales; y la coordinación evita que áreas y distritos actúen de manera contradictoria.
3.2
Las áreas de gobierno como niveles esenciales
Las áreas de gobierno son los niveles esenciales de la organización municipal. Cada una agrupa competencias sobre uno o varios sectores funcionalmente homogéneos. Su existencia permite reunir bajo una dirección común políticas relacionadas y evita que la Administración central se fragmente en unidades sin coordinación.
Al comienzo de cada mandato, el Alcalde determina el número, la denominación y las competencias de las áreas. El Reglamento Orgánico fija un máximo de quince, pero ese límite no significa que deban existir quince. La estructura concreta responde al decreto organizativo vigente en cada momento. En la organización actual existen siete áreas de gobierno.
Al frente de cada área se encuentra un concejal de gobierno o un miembro de la Junta de Gobierno con responsabilidades ejecutivas. Su titular dirige la actividad política y administrativa del sector, fija objetivos, coordina sus órganos y controla el cumplimiento de las decisiones municipales dentro de las competencias atribuidas.
El área no debe confundirse con cada una de las unidades que la integran. Dentro de ella pueden existir coordinaciones generales, direcciones generales, una secretaría general técnica y órganos de rango equivalente. A su vez, estos órganos disponen de unidades inferiores encargadas de tramitar expedientes, gestionar recursos y prestar servicios.
Tampoco son equivalentes un área de gobierno y un área delegada. El área delegada asume un conjunto específico de competencias bajo la dependencia de un área de gobierno. En la estructura actual existen, entre otras, las áreas delegadas de Limpieza y Zonas Verdes, Turismo, Deporte e Innovación y Emprendimiento. Su presencia no aumenta el número de áreas de gobierno: siguen siendo siete.
La Coordinación General de la Alcaldía ocupa también una posición singular. Depende directamente de la Alcaldía y dispone de estructura administrativa y Secretaría General Técnica, pero no forma parte de las siete áreas de gobierno. Esta distinción resulta importante al interpretar organigramas y contar las áreas existentes.
3.3
La estructura interna de las áreas
La organización de un área combina órganos superiores o directivos con unidades administrativas. La posición de cada elemento permite conocer quién dirige, quién coordina y quién realiza materialmente las tareas.
El titular del área es su jefe superior. Bajo su dependencia pueden existir coordinadores generales, que coordinan sectores amplios de actividad, y directores generales u órganos equivalentes, responsables de ámbitos materiales más concretos. Las disposiciones organizativas determinan en cada caso qué órganos se crean, cómo se denominan y qué competencias reciben.
La Secretaría General Técnica es una pieza necesaria de cada área. Este nombre corresponde al coordinador general al que se encomienda la gestión de los servicios comunes. Presta asistencia jurídica y técnica, coordina la gestión interna y promueve la utilización eficiente de los medios materiales, económicos y personales. Mientras una dirección general se especializa en uno o varios ámbitos funcionalmente homogéneos, la Secretaría General Técnica sostiene transversalmente el funcionamiento del departamento.
De los órganos directivos dependen unidades administrativas inferiores. La estructura ordinaria desciende a través de subdirecciones generales, servicios, departamentos, secciones y otras unidades de menor rango. No todas las áreas tienen el mismo número de unidades, porque su complejidad y sus competencias son diferentes.
| Nivel | Función característica |
|---|---|
| Titular del área de gobierno | Dirección política y administrativa del sector. |
| Coordinación general | Coordinación de uno o varios ámbitos amplios dentro del área. |
| Dirección general u órgano equivalente | Dirección y gestión especializada de una materia. |
| Secretaría General Técnica | Gestión de servicios comunes y asistencia al conjunto del área. |
| Subdirección general | Planificación y supervisión de unidades y programas dependientes. |
| Servicio, departamento y sección | Tramitación y ejecución administrativa ordinaria. |
La jerarquía no significa que todos los asuntos deban llegar al titular del área. Las competencias pueden atribuirse, delegarse o desconcentrarse en órganos inferiores para que la decisión se adopte en el nivel adecuado. Lo decisivo es identificar qué norma asigna la competencia y qué órgano dirige o supervisa su ejercicio.
3.4
Las siete áreas de gobierno vigentes
La denominación de las áreas permite reconocer las grandes políticas en las que se distribuye la Administración central. La siguiente estructura deriva del decreto organizativo iniciado en junio de 2023 y debe estudiarse como un dato vigente sujeto a posibles modificaciones posteriores.
| Número | Área de gobierno | Materias principales |
|---|---|---|
| 1 | Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias | Portavocía y Secretaría de la Junta de Gobierno; relaciones con el Pleno; atención ciudadana, transparencia, datos abiertos y protección de datos; coordinación territorial y participación; salud pública; Policía Municipal, protección civil, SAMUR y bomberos. |
| 2 | Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad | Planeamiento y gestión urbanística, licencias y control de la edificación; movilidad, transportes y aparcamientos; control ambiental, zonas verdes, limpieza, residuos, agua y sostenibilidad. |
| 3 | Cultura, Turismo y Deporte | Actividades culturales; archivos, bibliotecas y museos; patrimonio cultural e histórico y monumentos; paisaje urbano; promoción turística y programación deportiva. |
| 4 | Economía, Innovación y Hacienda | Consumo, comercio, actividad económica, innovación, emprendimiento y empleo; presupuestos, política financiera, ingresos, contratación, sector público, función pública, recursos humanos e Intervención General. |
| 5 | Obras y Equipamientos | Gestión del patrimonio municipal, obras en el espacio público y construcción y mantenimiento de equipamientos municipales. |
| 6 | Políticas Sociales, Familia e Igualdad | Familia e infancia, servicios sociales, mayores, inmigración, educación y juventud, igualdad, violencia de género, diversidad, emergencia social, SAMUR Social, voluntariado y cooperación al desarrollo. |
| 7 | Políticas de Vivienda | Política social de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana y programación y supervisión de proyectos de vivienda pública. |
La tabla resume el sentido de cada departamento, pero las competencias exactas se encuentran en el decreto del Alcalde y en los acuerdos de organización y competencias de la Junta de Gobierno. Una materia relacionada con un área no pertenece automáticamente a todos sus órganos: el acuerdo interno distribuye las funciones entre el titular, las coordinaciones, las direcciones generales y la Secretaría General Técnica.
Las áreas delegadas
Las áreas delegadas permiten confiar un sector concreto a un concejal delegado sin crear una nueva área de gobierno autónoma. La organización vigente contempla cuatro:
| Área delegada | Área de gobierno de la que depende |
|---|---|
| Limpieza y Zonas Verdes | Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad |
| Turismo | Cultura, Turismo y Deporte |
| Deporte | Cultura, Turismo y Deporte |
| Innovación y Emprendimiento | Economía, Innovación y Hacienda |
La distinción tiene consecuencias prácticas. Si una pregunta pide el número de áreas de gobierno, la respuesta es siete. Si pregunta por la organización de un sector concreto, puede ser necesario identificar el área delegada y el área de gobierno en la que se integra.
3.5
Las secretarías generales técnicas
Cada área de gobierno cuenta con una Secretaría General Técnica. Su misión no consiste únicamente en ocupar una sede o tramitar documentos: asegura que todos los órganos del área dispongan del apoyo jurídico, presupuestario, contractual, documental, material y de personal necesario para ejercer sus competencias.
El Reglamento Orgánico atribuye a sus titulares cuatro funciones nucleares: gestionar los servicios comunes; coordinar las direcciones generales y órganos equivalentes en ese ámbito; prestar asistencia jurídica y técnica al titular del área, sin invadir las competencias de la Asesoría Jurídica; y procurar el uso eficiente de los medios y recursos materiales, económicos y personales. Los acuerdos organizativos desarrollan esas funciones y permiten agrupar su trabajo ordinario en varias categorías:
- asistencia jurídica y técnica al titular y a los órganos del área;
- coordinación de los servicios comunes y de las relaciones internas;
- preparación y tramitación de proyectos normativos, convenios, contratos y otros expedientes comunes cuando le corresponda;
- gestión presupuestaria, económica y patrimonial del área en el ámbito atribuido;
- gestión de personal, régimen interior, medios materiales y sistemas de información comunes;
- publicación, archivo, registro, transparencia y atención de las obligaciones documentales que tenga encomendadas;
- seguimiento de acuerdos y coordinación con otros órganos municipales.
El secretario general técnico puede solicitar a las direcciones generales y a los organismos públicos adscritos al área los informes, datos y documentos necesarios. Es nombrado y cesado por la Junta de Gobierno y, a diferencia de otros puestos directivos para los que pueden preverse excepciones, su provisión está reservada a personal funcionario que reúna los requisitos establecidos legalmente.
La Secretaría General Técnica no sustituye a las direcciones generales. Estas gestionan políticas sectoriales; aquella presta soporte común y coordina la administración interna. Por ejemplo, una dirección general puede diseñar y ejecutar una política cultural, mientras la secretaría técnica tramita contratos comunes, gestiona créditos o presta el apoyo jurídico necesario.
Ubicación de las dependencias
Las direcciones siguientes corresponden al organigrama municipal de referencia de septiembre de 2026. Se recoge también la Secretaría General Técnica de la Coordinación General de la Alcaldía porque figura junto a las de las áreas en la estructura central, aunque no sea una de las siete áreas de gobierno.
| Secretaría General Técnica | Dirección de referencia |
|---|---|
| Coordinación General de la Alcaldía | Calle de Montalbán, 1 |
| Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias | Calle del Príncipe de Vergara, 140 |
| Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad | Calle de Montalbán, 1 |
| Cultura, Turismo y Deporte | Calle de Montalbán, 1 |
| Economía, Innovación y Hacienda | Calle de Alcalá, 45 |
| Obras y Equipamientos | Calle de Alcalá, 45 |
| Políticas Sociales, Familia e Igualdad | Paseo de la Chopera, 41 |
| Políticas de Vivienda | Calle del Doctor Esquerdo, 138 |
La dirección de una secretaría no tiene por qué coincidir con la de todos los órganos de su área. Un departamento puede repartir sus unidades entre varios edificios. Tampoco debe deducirse la sede de la Secretaría General Técnica a partir de la sede del titular: en Políticas de Vivienda, por ejemplo, la dirección de referencia de la secretaría se encuentra en la calle del Doctor Esquerdo, 138.
3.6
Los distritos y la administración de proximidad
Madrid se divide en veintiún distritos. Son divisiones territoriales dotadas de órganos de gestión desconcentrada. Su finalidad es acercar la actividad municipal a la ciudadanía, facilitar la participación y gestionar determinados servicios atendiendo a las necesidades de cada parte de la ciudad.
La desconcentración no convierte a cada distrito en un ayuntamiento separado. Todos forman parte del Ayuntamiento de Madrid, carecen de una personalidad jurídica municipal distinta y actúan dentro de una dirección común. El principio de unidad de gobierno debe convivir con una gestión territorial suficientemente próxima.
Las competencias de los distritos proceden de las normas municipales y de las delegaciones o desconcentraciones aprobadas por los órganos centrales. Pueden intervenir en la gestión de equipamientos, actividades culturales, servicios a la ciudadanía, licencias, autorizaciones, conservación, disciplina y otras materias dentro de los límites atribuidos. La amplitud de su actuación no permite presumir la competencia: debe comprobarse siempre el acuerdo organizativo vigente.
El distrito cumple además una función participativa. Su organización permite debatir asuntos de interés territorial, canalizar propuestas y mantener una relación más directa entre vecinos, asociaciones y Administración municipal.
3.7
Órganos de gobierno, participación y administración del distrito
La organización vigente distingue cuatro órganos del distrito —la Junta Municipal, el concejal presidente, el coordinador y el Consejo de Proximidad— y una unidad administrativa esencial: la Secretaría del Distrito. La Secretaría no aparece en la enumeración de órganos del artículo 5 del Reglamento Orgánico 6/2021, sino que se configura como una unidad con rango de subdirección general dependiente del coordinador. Esta precisión permite comprender la posición diferente de cada elemento.
Junta Municipal de Distrito
La Junta Municipal es el órgano colegiado de representación político-vecinal del distrito. Desarrolla las funciones que le atribuyen las normas orgánicas y los acuerdos de delegación. Su composición refleja la representación política municipal y su actividad permite debatir y adoptar decisiones en materias territoriales dentro de su competencia.
Concejal presidente
El concejal presidente dirige el gobierno y la administración del distrito, representa a este en el ámbito municipal y preside la Junta Municipal. Es nombrado por el Alcalde y debe tener la condición de concejal. Ejerce las competencias que le atribuyen o delegan los órganos municipales.
Coordinador del distrito
El coordinador dirige y coordina los servicios administrativos del distrito bajo la autoridad del concejal presidente. Impulsa la ejecución de las decisiones, coordina las unidades dependientes y ejerce las competencias que tenga atribuidas o delegadas.
La denominación debe manejarse con precisión. La normativa y la estructura vigentes emplean coordinador del distrito. Documentos organizativos antiguos pueden mencionar al gerente del distrito, pero esa figura no describe la organización actual y no debe trasladarse a la explicación como si continuara vigente.
Consejo de Proximidad
El Consejo de Proximidad es el órgano de participación ciudadana del distrito. Facilita la intervención de vecinos y entidades en el análisis y la formulación de propuestas sobre asuntos territoriales. Su función participativa se diferencia de la dirección política de la Presidencia y de la gestión administrativa de la Coordinación.
Secretaría del Distrito
La Secretaría del Distrito es una unidad administrativa con rango de subdirección general dependiente del coordinador. Presta asistencia jurídica y administrativa, ejerce las funciones de fe pública que tiene atribuidas y sostiene la tramitación interna del distrito. Entre sus tareas de fe pública se encuentran transcribir decretos y resoluciones al libro correspondiente, expedir certificaciones y copias auténticas, efectuar por orden de la Presidencia las convocatorias de la Junta Municipal y redactar, autorizar y custodiar sus actas. Su posición contribuye a que la actividad de los órganos territoriales quede documentada y se ajuste al ordenamiento.
| Elemento | Naturaleza | Función principal |
|---|---|---|
| Junta Municipal | Órgano colegiado | Debate y decisión territorial en el ámbito de sus competencias. |
| Concejal presidente | Órgano político unipersonal | Dirección y representación del distrito. |
| Coordinador | Órgano directivo | Dirección y coordinación de los servicios administrativos. |
| Consejo de Proximidad | Órgano participativo | Canalización de la participación vecinal. |
| Secretaría del Distrito | Unidad administrativa con rango de subdirección general | Asistencia, fe pública y tramitación común. |
3.8
La estructura administrativa de los distritos
Los distritos necesitan una organización permanente capaz de tramitar contratos, gestionar presupuestos, informar expedientes, conservar equipamientos y atender servicios de proximidad. Por ello, junto a sus órganos políticos y participativos disponen de unidades administrativas especializadas.
El organigrama común incluye normalmente servicios jurídicos, económicos, de contratación, de medio ambiente y escena urbana, de salud y de servicios a la ciudadanía. La denominación y el detalle de las unidades pueden variar, pero su función permite comprender el trabajo ordinario del distrito.
| Unidad o ámbito | Función característica |
|---|---|
| Servicio Jurídico | Informes, asesoramiento y tramitación jurídica de expedientes. |
| Servicio Económico | Presupuesto, gastos, ingresos y gestión económico-administrativa. |
| Servicio de Contratación | Preparación y seguimiento de los contratos del distrito. |
| Medio Ambiente y Escena Urbana | Actuaciones territoriales sobre espacios, conservación y materias ambientales atribuidas. |
| Salud | Actuaciones administrativas y programas de salud dentro de la competencia distrital. |
| Servicios a la Ciudadanía | Gestión de actividades, equipamientos y prestaciones de proximidad. |
Esta división del trabajo no supone que el distrito posea todas las competencias municipales sobre esas materias. Un servicio distrital actúa únicamente dentro de las funciones que las normas y los acuerdos le atribuyen. Las políticas generales, la planificación y determinados expedientes pueden continuar en el área de gobierno competente.
La coordinación entre niveles resulta especialmente visible en los equipamientos. Una biblioteca, un centro cultural o una instalación municipal se encuentra físicamente en un distrito, pero su gestión puede exigir la intervención del propio distrito, de un área de gobierno o de un organismo municipal. La ubicación territorial no basta por sí sola para determinar el órgano competente.
3.9
Sedes administrativas de los veintiún distritos
Las sedes de referencia permiten localizar la Junta Municipal, la Presidencia, la Coordinación o la Secretaría de cada distrito. Las direcciones se ofrecen conforme a la estructura municipal consultada en septiembre de 2026 y deben actualizarse si el Ayuntamiento modifica sus dependencias.
| Distrito | Sede administrativa de referencia |
|---|---|
| 1. Centro | Calle Mayor, 72 |
| 2. Arganzuela | Paseo de la Chopera, 10 |
| 3. Retiro | Plaza de Daoíz y Velarde, 2 |
| 4. Salamanca | Calle de Velázquez, 52 |
| 5. Chamartín | Calle del Príncipe de Vergara, 142 |
| 6. Tetuán | Calle de Bravo Murillo, 357 |
| 7. Chamberí | Plaza de Chamberí, 4 |
| 8. Fuencarral-El Pardo | Avenida de Monforte de Lemos, 40 |
| 9. Moncloa-Aravaca | Calle de Francos Rodríguez, 77 |
| 10. Latina | Avenida de las Águilas, 2 A |
| 11. Carabanchel | Plaza de Carabanchel, 1 |
| 12. Usera | Avenida de Rafaela Ybarra, 41 |
| 13. Puente de Vallecas | Calle de Sierra Salvada, 6 |
| 14. Moratalaz | Calle de la Fuente Carrantona, 8 |
| 15. Ciudad Lineal | Calle de los Hermanos García Noblejas, 16 |
| 16. Hortaleza | Carretera de Canillas, 2 |
| 17. Villaverde | Calle del Arroyo Bueno, 53 |
| 18. Villa de Vallecas | Paseo de Federico García Lorca, 12 |
| 19. Vicálvaro | Calle del Titanio, 5 |
| 20. San Blas-Canillejas | Avenida de Arcentales, 28 |
| 21. Barajas | Plaza de Mercurio, 1 |
La sede administrativa no debe confundirse con el conjunto de instalaciones del distrito. Cada territorio dispone de centros culturales, bibliotecas, centros deportivos y otras dependencias distribuidas en diferentes direcciones. Incluso una misma junta puede utilizar más de un edificio para prestar sus servicios.
El caso de Puente de Vallecas exige especial atención. La calle de Sierra Salvada, 6, es la sede que el organigrama atribuye al concejal presidente, la Coordinación, la Secretaría y los principales servicios administrativos, y fue la respuesta correcta en la pregunta oficial sobre la sede de la Junta Municipal. La avenida de la Albufera, 42, aparece vinculada a otras dependencias y servicios municipales, pero no sustituye a Sierra Salvada como respuesta a esa pregunta.
3.10
Principales dependencias municipales y actualización de datos
El programa menciona la ubicación física de las principales dependencias. Este contenido es más amplio y variable que la estructura jurídica: los directorios municipales contienen numerosas bibliotecas, centros culturales, oficinas, almacenes e instalaciones. La preparación debe centrarse en las dependencias incluidas en el material oficial y actualizar las direcciones mediante los directorios del Ayuntamiento.
Las siguientes instalaciones han sido objeto directo de preguntas oficiales y, por ello, forman un núcleo de estudio especialmente relevante:
| Dependencia | Dirección | Distrito |
|---|---|---|
| Centro Cultural José Luis López Vázquez | Calle de Febrero, 4 | San Blas-Canillejas |
| Centro Cultural San Francisco-La Prensa | Calle de la Aliseda, 4 | Carabanchel |
| Biblioteca Pública Municipal David Gistau | Avenida de los Toreros, 5 | Salamanca |
| Biblioteca Pública Municipal María Zambrano | Plaza de Donoso Cortés, 5 | Tetuán |
| Biblioteca Pública Municipal Dámaso Alonso | Calle de Manuel Ferrero, 1 | Chamartín |
| Biblioteca Pública Municipal Canillejas | Calle de Boltaña, 23 | San Blas-Canillejas |
| Biblioteca Pública Municipal José Hierro | Calle de María Sevilla Diago, 15 | San Blas-Canillejas |
| Biblioteca Pública Municipal Miguel Delibes | Calle del Arroyo Belincoso, 11 | Moratalaz |
| Almacén de Villa | Calle de Ahumaos, 27 | Vicálvaro |
La memorización aislada de calles resulta frágil. Es preferible construir cada asociación con tres datos: tipo y nombre de la dependencia, dirección y distrito. Así se evita confundir equipamientos de nombre parecido o situados en el mismo distrito.
Las direcciones constituyen información dinámica. A diferencia de una regla estable del Reglamento Orgánico, una sede puede trasladarse sin que cambie la naturaleza del órgano. Por eso debe distinguirse entre:
- el contenido jurídico, que explica qué son las áreas y los distritos y cómo se estructuran;
- el contenido organizativo, que identifica las áreas y unidades existentes en una fecha determinada;
- el contenido físico, que localiza dependencias y puede cambiar por traslados o reorganizaciones.
3.11
Lectura conjunta de la organización municipal
La estructura estudiada puede seguirse desde la dirección general de la ciudad hasta la prestación concreta del servicio. El Alcalde fija la organización de las áreas; la Junta de Gobierno concreta sus órganos y competencias; el titular de cada área dirige su sector; las coordinaciones, direcciones generales y secretarías generales técnicas convierten esa dirección en gestión; y los distritos acercan determinadas actuaciones al territorio.
No existe una oposición entre el centro y los distritos. La Administración central garantiza una política común para toda Madrid, mientras la territorial permite adaptar la gestión a las necesidades de cada zona. La eficacia del sistema depende de que las competencias se repartan con claridad y de que las unidades se coordinen.
Para resolver preguntas de examen conviene identificar primero qué tipo de dato se solicita:
- Si se pregunta por el número o denominación de las áreas, debe acudirse al decreto organizativo vigente.
- Si se pregunta por la estructura o competencia de un órgano, debe atenderse al Reglamento Orgánico y a los acuerdos de organización y delegación.
- Si se pregunta por una sede o equipamiento, debe identificarse la unidad exacta y consultar el directorio actualizado.
- Si se pregunta por un distrito, deben distinguirse sus órganos políticos, directivos, participativos y administrativos.
Esta clasificación evita dos errores habituales: tratar como permanente un dato físico que puede cambiar y utilizar una norma antigua para describir una estructura que ya ha sido reorganizada.
Preguntado en convocatorias oficiales
Pruébate con 9 preguntas oficiales de este tema
Estas preguntas se han formulado en convocatorias oficiales de Personal Oficios Servicios Internos. Se reproducen con el enunciado y las opciones del examen, y se señala la que la plantilla oficial dio por correcta.
0 de 9 respondidas
- Convocatoria de 2024, ejercicio único celebrado en 2025, parte teórica, modelo A, pregunta 3.Centro Cultural José Luis López Vázquez, calle de Febrero, 4, distrito de San Blas-Canillejas.
1. En el distrito de San Blas-Canillejas, se encuentra ubicado el centro cultural José Luis López Vázquez, que se encuentra ubicado en:
- Convocatoria de 2024, ejercicio único celebrado en 2025, parte teórica, modelo A, pregunta 12.Centro Cultural San Francisco-La Prensa, calle de la Aliseda, 4, distrito de Carabanchel.
2. En la calle Aliseda, 4, hay un Centro Cultural perteneciente a la J.M de Carabanchel, cual:
- Convocatoria de 2024, ejercicio único celebrado en 2025, parte teórica, modelo A, pregunta 16.Biblioteca Pública Municipal David Gistau, avenida de los Toreros, 5, distrito de Salamanca.
3. Donde se encuentra ubicada y a que distrito pertenece la biblioteca pública Municipal David Gistau:
- Convocatoria de 2024, ejercicio único celebrado en 2025, parte teórica, modelo A, pregunta 22.Biblioteca Pública Municipal María Zambrano, plaza de Donoso Cortés, 5, distrito de Tetuán.
4. En el distrito de Tetuán en la plaza de Donoso Cortes, 5 hay una biblioteca pública municipal, ¿cuál?:
- Convocatoria de 2024, ejercicio único celebrado en 2025, parte teórica, modelo A, pregunta 26.Biblioteca Pública Municipal Dámaso Alonso, calle de Manuel Ferrero, 1, distrito de Chamartín.
5. Dígame la ubicación de la Biblioteca pública municipal Damaso Alonso y a que distrito pertenece:
- Convocatoria de 2024, ejercicio único celebrado en 2025, parte teórica, modelo A, pregunta 37.Biblioteca Pública Municipal Canillejas, calle de Boltaña, 23, y Biblioteca Pública Municipal José Hierro, calle de María Sevilla Diago, 15.
6. En las Calles Boltaña 23 y en la calle María Sevilla Diago, 15, se encuentran sendas Bibliotecas públicas municipales, cuales son:
- Convocatoria de 2024, ejercicio único celebrado en 2025, parte teórica, modelo C, pregunta 4.Biblioteca Pública Municipal Miguel Delibes, calle del Arroyo Belincoso, 11, distrito de Moratalaz.
7. La biblioteca pública municipal Miguel Delibes, ¿dónde se encuentra ubicada y a que distrito pertenece?:
- Convocatoria de 2024, ejercicio único celebrado en 2025, parte teórica, modelo C, pregunta 9.Almacén de Villa, calle de Ahumaos, 27, distrito de Vicálvaro.
8. En que calle está ubicado El Almacén de Villa perteneciente al distrito de Vicálvaro:
- Convocatoria de 2024, ejercicio único celebrado en 2025, parte teórica, modelo C, pregunta 43.sede de los principales órganos administrativos del distrito de Puente de Vallecas, calle de Sierra Salvada, 6.
9. La junta municipal de Puente de Vallecas tiene su sede en:
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La base legislativa permite consultar los preceptos citados en la explicación. También están disponibles las preguntas correspondientes a este tema.