Bloque 1 · Programa de la última convocatoria

Tema 5 de Personal Oficios Servicios Internos

Igualdad efectiva entre mujeres y hombres y III Plan de Igualdad del Ayuntamiento de Madrid

16 apartados35 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeContenido de la explicación
Finalidad de la ley¿Qué pretende hacer efectiva la Ley Orgánica 3/2007?Igualdad de trato y oportunidades, eliminación de la discriminación y conexión constitucional.
Ámbito de aplicación¿A quién reconoce derechos y a quién impone obligaciones?Personas protegidas, sujetos obligados y aplicación territorial.
Principio de igualdad¿Cómo se integra la igualdad en el ordenamiento?Ausencia de discriminación y principio informador de las normas.
Igualdad en el empleo¿En qué momentos de la relación profesional debe garantizarse?Acceso, formación, promoción, condiciones de trabajo, retribución y despido.
Discriminación¿Cómo se distinguen sus formas directa e indirecta?Elementos de cada concepto, justificación objetiva y orden de discriminar.
Acoso¿Qué diferencia existe entre acoso sexual y acoso por razón de sexo?Definiciones, efectos sobre la dignidad y condicionamiento de derechos.
Protección específica¿Qué reglas se aplican al embarazo, la maternidad y las represalias?Discriminación directa e indemnidad de quien reclama igualdad.
Consecuencias y acciones positivas¿Cómo reacciona el ordenamiento y cómo corrige desigualdades reales?Nulidad, reparación, indemnización, sanción y medidas específicas.
Tutela y prueba¿Cómo puede defenderse el derecho a la igualdad?Tutela judicial, legitimación y carga de la prueba.
Plan municipal¿Qué naturaleza, ámbito y vigencia tiene?Plan interno de personal, centros de trabajo y periodo 2024-2027.
Estructura del Plan¿Cómo se transforman sus objetivos en actuaciones?Diagnóstico, líneas, objetivos específicos, medidas e indicadores.
Líneas de intervención¿Sobre qué ámbitos actúa el Plan?La institución, la comunicación y las personas.
Ejecución y control¿Quién aplica y evalúa el Plan?Responsables, recursos, seguimiento anual, evaluación y modificación.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. La Ley Orgánica 3/2007 pretende hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y de oportunidades y eliminar la discriminación de la mujer en todos los ámbitos de la vida.
  2. Sus derechos alcanzan a todas las personas y sus obligaciones se aplican a las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, que se encuentren o actúen en territorio español.
  3. La igualdad de trato supone la ausencia de discriminación directa e indirecta por razón de sexo, especialmente la vinculada con la maternidad, las obligaciones familiares y el estado civil.
  4. Existe discriminación directa cuando una persona recibe, recibió o podría recibir por razón de sexo un trato menos favorable que otra en una situación comparable.
  5. Existe discriminación indirecta cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros ocasionan una desventaja particular para un sexo y carecen de una justificación objetiva, legítima, necesaria y adecuada.
  6. El acoso sexual se define por la naturaleza sexual del comportamiento; el acoso por razón de sexo, por realizarse en función del sexo de la persona. Ambos son siempre discriminatorios.
  7. Todo trato desfavorable a una mujer relacionado con el embarazo o la maternidad constituye discriminación directa por razón de sexo.
  8. Los actos y cláusulas discriminatorios son nulos y sin efecto y pueden generar reparación, indemnización y sanciones eficaces y disuasorias.
  9. Las acciones positivas permiten corregir desigualdades de hecho, pero deben ser razonables, proporcionadas y mantenerse solo mientras subsista la desigualdad.
  10. Cuando se aportan indicios de discriminación, corresponde a la parte demandada acreditar que su actuación no fue discriminatoria y que la medida resultó proporcionada; esta regla no se aplica a los procesos penales.
  11. El III Plan municipal se dirige a la totalidad del personal del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos y se aplica en todos sus centros de trabajo.
  12. El Plan se estructura en un objetivo general, tres líneas de intervención, trece objetivos específicos y las medidas necesarias para desarrollarlos.
  13. Las tres líneas de intervención son la institución, la comunicación y las personas. Esta última actúa sobre empleo, promoción, teletrabajo, provisión, retribuciones, formación, conciliación y situaciones de especial protección.
  14. La Comisión de Igualdad realiza el seguimiento del Plan; existe un informe anual de ejecución y una evaluación final al concluir su vigencia.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
  • LO 3/2007Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres
  • Acuerdo de 28 de diciembre de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba el III Plan de Igualdad entre mujeres y hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos
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