Bloque 2 · Procedimientos y actuaciones procesales

Tema 20 de Tramitación Procesal

Los procedimientos penales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal; ordinario, abreviado y de jurado. Breve referencia al procedimiento restaurativo.

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Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Sistema procesal penal¿Cómo se elige el procedimiento aplicable?Delito, pena, competencia, fases comunes y sujetos procesales.
Procedimiento ordinario¿Cómo se tramitan los delitos más graves?Sumario, conclusión, fase intermedia, juicio oral y sentencia.
Procedimiento abreviado¿Cómo se articula el cauce penal de uso más frecuente?Diligencias previas, transformación, escritos, juicio oral y decisión.
Tribunal del Jurado¿Qué delitos y qué estructura corresponden al Jurado?Competencia, instrucción, composición, juicio, veredicto y sentencia.
Procedimiento restaurativo¿Qué finalidad tiene la justicia restaurativa?Participación voluntaria, reparación, garantías y relación con el proceso penal.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. La elección del procedimiento penal depende principalmente de la naturaleza y gravedad del delito y del órgano competente para enjuiciarlo.
  2. El procedimiento ordinario por delitos graves se articula en sumario, fase intermedia y juicio oral.
  3. El juez instructor investiga, pero la decisión sobre apertura del juicio y el enjuiciamiento corresponden a los órganos legalmente competentes.
  4. El procedimiento abreviado se aplica dentro de los límites penológicos del artículo 757 LECrim y concentra la investigación en diligencias previas.
  5. En el abreviado, la transformación, la preparación del juicio oral y la remisión al órgano de enjuiciamiento forman fases diferenciadas.
  6. El Tribunal del Jurado conoce únicamente de los delitos enumerados legalmente y se integra por nueve jurados y un Magistrado-Presidente.
  7. La instrucción ante el Jurado posee trámites propios y culmina, cuando procede, en el auto de apertura del juicio oral.
  8. El veredicto del jurado se refiere a los hechos y a la culpabilidad o inculpabilidad; la sentencia corresponde al Magistrado-Presidente.
  9. El procedimiento restaurativo facilita participación, reconocimiento del daño y reparación, pero no sustituye automáticamente al proceso penal.
  10. Para estudiar cada procedimiento deben separarse ámbito, órgano, fases, resoluciones y plazos.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • LECrimLey de Enjuiciamiento Criminal
  • LO 5/1995Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado
  • Ley 4/2015Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito
  • RD 1109/2015Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre
  • LO 10/1995Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
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