Bloque 2 · Procedimientos y actuaciones procesales
Tema 20 de Tramitación Procesal
Los procedimientos penales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal; ordinario, abreviado y de jurado. Breve referencia al procedimiento restaurativo.
Perspectiva general
Contenidos principales
Desliza la tabla hacia los lados para ver todas las columnas.
| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Sistema procesal penal | ¿Cómo se elige el procedimiento aplicable? | Delito, pena, competencia, fases comunes y sujetos procesales. |
| Procedimiento ordinario | ¿Cómo se tramitan los delitos más graves? | Sumario, conclusión, fase intermedia, juicio oral y sentencia. |
| Procedimiento abreviado | ¿Cómo se articula el cauce penal de uso más frecuente? | Diligencias previas, transformación, escritos, juicio oral y decisión. |
| Tribunal del Jurado | ¿Qué delitos y qué estructura corresponden al Jurado? | Competencia, instrucción, composición, juicio, veredicto y sentencia. |
| Procedimiento restaurativo | ¿Qué finalidad tiene la justicia restaurativa? | Participación voluntaria, reparación, garantías y relación con el proceso penal. |
Lo esencial
Puntos clave
- La elección del procedimiento penal depende principalmente de la naturaleza y gravedad del delito y del órgano competente para enjuiciarlo.
- El procedimiento ordinario por delitos graves se articula en sumario, fase intermedia y juicio oral.
- El juez instructor investiga, pero la decisión sobre apertura del juicio y el enjuiciamiento corresponden a los órganos legalmente competentes.
- El procedimiento abreviado se aplica dentro de los límites penológicos del artículo 757 LECrim y concentra la investigación en diligencias previas.
- En el abreviado, la transformación, la preparación del juicio oral y la remisión al órgano de enjuiciamiento forman fases diferenciadas.
- El Tribunal del Jurado conoce únicamente de los delitos enumerados legalmente y se integra por nueve jurados y un Magistrado-Presidente.
- La instrucción ante el Jurado posee trámites propios y culmina, cuando procede, en el auto de apertura del juicio oral.
- El veredicto del jurado se refiere a los hechos y a la culpabilidad o inculpabilidad; la sentencia corresponde al Magistrado-Presidente.
- El procedimiento restaurativo facilita participación, reconocimiento del daño y reparación, pero no sustituye automáticamente al proceso penal.
- Para estudiar cada procedimiento deben separarse ámbito, órgano, fases, resoluciones y plazos.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- LECrimLey de Enjuiciamiento Criminal
- LO 5/1995Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado
- Ley 4/2015Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito
- RD 1109/2015Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre
- LO 10/1995Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal