Bloque 1 · Temario general
Tema 8 de Administrativo de la Seguridad Social
La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos centrales. Órganos superiores y órganos directivos: creación, nombramiento, cese y funciones. Los servicios comunes de los ministerios. Órganos territoriales. La Administración del Estado en el Exterior.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Posición y principios | ¿Qué es la AGE y con arreglo a qué principios actúa? | Personalidad jurídica, servicio al interés general, legalidad, eficacia, jerarquía y cooperación. |
| Órganos y competencia | ¿Cómo se organiza y reparte jurídicamente la actuación administrativa? | Órganos, unidades, instrucciones, titularidad, delegación, avocación, encomienda, firma y suplencia. |
| Organización central | ¿Cómo se estructura un ministerio? | Ministerios, creación y supresión de órganos, niveles y orden jerárquico. |
| Órganos superiores | ¿Quién fija los objetivos políticos y sectoriales? | Ministros y secretarios de Estado: posición, nombramiento, cese y funciones. |
| Órganos directivos | ¿Quién desarrolla y ejecuta los planes ministeriales? | Subsecretarías, secretarías generales, secretarías generales técnicas, direcciones y subdirecciones generales. |
| Organización territorial | ¿Cómo actúa la AGE en comunidades autónomas, provincias e islas? | Delegaciones, Subdelegaciones, direcciones insulares, servicios territoriales y órganos de coordinación. |
| Servicio Exterior | ¿Cómo se organiza la actuación administrativa fuera de España? | Misiones, representaciones, embajadores, delegaciones y oficinas consulares. |
Lo esencial
Puntos clave
- La Administración General del Estado tiene personalidad jurídica única, pero no comprende todo el sector público estatal.
- Gobierno y Administración no son equivalentes: el Gobierno dirige políticamente y la Administración ejecuta con continuidad y sometimiento pleno al Derecho.
- La AGE se organiza conforme a los principios constitucionales de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.
- Un órgano administrativo dispone de funciones con efectos jurídicos frente a terceros o de actuación preceptiva; la unidad administrativa es el elemento organizativo básico.
- La competencia es irrenunciable y debe distinguirse su titularidad de las técnicas que afectan únicamente a su ejercicio.
- La AGE comprende organización central, organización territorial y Administración General del Estado en el exterior.
- Los ministros y secretarios de Estado son órganos superiores; los restantes órganos enumerados por la ley son órganos directivos.
- Todos los ministerios cuentan con Subsecretaría y Secretaría General Técnica; las secretarías de Estado y las secretarías generales son potestativas.
- Los órganos superiores establecen planes de actuación y los órganos directivos los desarrollan y ejecutan bajo responsabilidad y control de gestión.
- La Subsecretaría representa ordinariamente al ministerio y dirige sus servicios comunes; la Secretaría General Técnica asume necesariamente producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones.
- Los delegados del Gobierno dirigen la AGE en cada comunidad autónoma; los subdelegados actúan en el ámbito provincial y los directores insulares en las islas determinadas reglamentariamente.
- En el exterior, las misiones diplomáticas, representaciones permanentes y oficinas consulares actúan bajo la dirección y coordinación del jefe de misión, con las dependencias funcionales previstas legalmente.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- CEConstitución Española
- Ley 50/1997Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
- Ley 3/2015Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado
- Ley 40/2015Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Ley 2/2014Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado