Bloque 3 · Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario

Tema 13 de Agentes de Hacienda Pública

El sistema fiscal español. Principios impositivos en la Constitución Española. Los impuestos de titularidad estatal y sus características. La Hacienda Pública Estatal, Autonómica y Local.

13 apartados26 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
El sistema fiscal español: concepto, fines y estructura territorial¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?El sistema no es una suma aislada de impuestos: combina principios comunes, figuras tributarias y distribución territorial del poder financiero.
Tributos, clases y reserva de ley¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?La diferencia decisiva entre las tres clases de tributos se encuentra en el presupuesto que origina su exigencia, no en la denominación utilizada por la Administración.
Principios constitucionales de justicia tributaria¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?El artículo 31.1 CE reúne un deber, un criterio de reparto y límites materiales al poder tributario.
Principios del gasto y de aplicación del sistema tributario¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?La justicia financiera no se limita a recaudar: también comprende cómo se asignan y ejecutan los recursos públicos.
Clasificaciones de los impuestos de titularidad estatal¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?Las clasificaciones se superponen: un mismo impuesto puede ser directo, personal, subjetivo y periódico, sin que una categoría excluya las demás.
Imposición estatal directa sobre la renta y el patrimonio¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?La imposición directa se ordena principalmente por la naturaleza del contribuyente, su residencia y la manifestación de riqueza gravada.
Imposición estatal indirecta y otros impuestos¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?La imposición indirecta recae sobre operaciones o consumos y puede estar intensamente condicionada por el Derecho de la Unión Europea.
Titularidad estatal y cesión a las comunidades autónomas¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?Para identificar el régimen de un impuesto deben examinarse por separado titularidad, rendimiento, normativa aplicable y Administración competente.
La Hacienda Pública estatal: concepto, derechos y obligaciones¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?La Hacienda estatal no se identifica con la AEAT ni con el conjunto de entidades del sector público estatal: es un concepto patrimonial definido legalmente.
La Hacienda autonómica: principios y recursos¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?Autonomía financiera no significa soberanía fiscal: las comunidades actúan dentro de la Constitución, la LOFCA, los estatutos y las leyes de financiación.
Tributos propios, cedidos, recargos y regímenes de financiación¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?Cada recurso autonómico tiene un origen jurídico diferente; no deben confundirse impuesto propio, impuesto cedido, recargo y participación territorializada.
La Hacienda local: suficiencia y recursos¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?La autonomía local garantiza capacidad financiera dentro de la ley, pero no una potestad originaria para crear impuestos.
Tributos locales y ordenanzas fiscales¿Qué regula este bloque y cómo se relaciona con los demás?La ley crea y delimita las figuras locales; la ordenanza decide su establecimiento cuando es potestativo y concreta los elementos que la ley permite regular.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. El sistema fiscal ordena los ingresos tributarios con los que los entes públicos financian sus funciones.
  2. Tasas, contribuciones especiales e impuestos responden a presupuestos diferentes.
  3. El deber de contribuir se ordena según la capacidad económica.
  4. El artículo 31 CE conecta los ingresos con una asignación equitativa del gasto.
  5. Los impuestos directos gravan manifestaciones inmediatas de riqueza; los indirectos, consumo o circulación.
  6. IRPF, Sociedades e IRNR gravan distintas manifestaciones de renta según el contribuyente y la residencia.
  7. El IVA grava el consumo a través de operaciones empresariales, adquisiciones intracomunitarias e importaciones.
  8. La cesión no transforma un impuesto estatal en autonómico.
  9. Comprende derechos y obligaciones económicos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos.
  10. Las comunidades autónomas tienen autonomía financiera coordinada con la Hacienda estatal y sujeta a solidaridad.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembreVer explicación de CE
  • Ley 58/2003Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
  • Ley 35/2006Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Ley 27/2014Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades
  • RDL 5/2004Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes
  • Ley 19/1991Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio
  • Ley 29/1987Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
  • Ley 37/1992Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
  • RDL 1/1993Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, texto refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
  • Ley 38/1992Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales
  • Ley 47/2003Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
  • LO 8/1980Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas
  • Ley 22/2009Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias
  • RDL 2/2004Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
Ver base legislativa