Bloque 1 · Organización y Derecho Constitucional

Tema 3 de Auxilio Judicial

El Gobierno y la Administración

8 apartados64 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Gobierno y Administración¿Qué diferencia hay entre Gobierno y Administración?Dirección política, función ejecutiva, servicio objetivo a los intereses generales y sometimiento a la ley y al Derecho.
Presidente del Gobierno¿Qué posición ocupa el Presidente del Gobierno dentro del sistema constitucional?Investidura, dirección de la acción del Gobierno, coordinación de sus miembros y cese.
Consejo de Ministros¿Qué funciones cumple el Consejo de Ministros?Órgano colegiado del Gobierno, decisiones políticas, normativas y organizativas principales.
Organización administrativa¿Cómo se organizan los órganos superiores y directivos de la Administración General del Estado?Ministros, Secretarios de Estado, Subsecretarios, Secretarios Generales, Secretarios Generales Técnicos y Directores Generales.
Administración periférica¿Cómo se proyecta la Administración General del Estado en el territorio?Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones, Direcciones Insulares y servicios territoriales.
Secretaría de Estado de Justicia¿Dónde se sitúa la Secretaría de Estado de Justicia y qué competencias principales asume?Ubicación ministerial, dirección de ámbitos de Justicia y coordinación administrativa.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado, y ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria.
  2. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa conforme a los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
  3. El Presidente dirige la acción del Gobierno, coordina a sus miembros y ejerce competencias propias sobre la dirección política, las relaciones con las Cortes y la organización gubernamental.
  4. La investidura exige mayoría absoluta en primera votación o mayoría simple cuarenta y ocho horas después; si transcurren dos meses sin investidura, el Rey disuelve ambas Cámaras y convoca elecciones.
  5. El Consejo de Ministros es el órgano colegiado que adopta las principales decisiones legislativas, reglamentarias, presupuestarias, internacionales y organizativas del Gobierno.
  6. En la organización central, los Ministros y Secretarios de Estado son órganos superiores; los Subsecretarios, Secretarios Generales, Secretarios Generales Técnicos, Directores Generales y Subdirectores Generales son órganos directivos.
  7. Los Ministros dirigen los departamentos, los Secretarios de Estado ejecutan la acción del Gobierno en sectores específicos, los Subsecretarios dirigen los servicios comunes y los Directores Generales gestionan áreas funcionales homogéneas.
  8. La organización territorial de la Administración General del Estado se articula mediante Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares, junto con servicios territoriales integrados y no integrados.
  9. El Delegado del Gobierno representa al Gobierno en la comunidad autónoma y tiene rango de Subsecretario; el Subdelegado actúa en la provincia bajo su dependencia inmediata y tiene nivel de Subdirector General.
  10. La Secretaría de Estado de Justicia coordina la política administrativa de Justicia en materias como servicio público, cooperación autonómica e internacional, transformación digital, seguridad jurídica, registros y bienes procedentes del delito.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembreVer explicación de CE
  • Ley 50/1997Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
  • Ley 40/2015Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector PúblicoVer explicación de Ley 40/2015
  • RD 204/2024Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Ver base legislativa