Bloque 1 · Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera

Tema 14 de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

La actividad de las Administraciones Públicas. Normas generales de actuación: derechos y obligaciones de las personas en sus relaciones con la Administración Pública. Registro y archivos. Obligación de resolver. El silencio administrativo.

8 apartados31 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Principios¿Cómo debe actuar la Administración?Servicio objetivo, eficacia, legalidad, proporcionalidad y responsabilidad.
Personas¿Qué derechos y deberes existen?Derechos generales, asistencia, lengua, colaboración, comparecencia y tramitación.
Canal electrónico¿Quién elige y quién está obligado?Personas físicas, sujetos obligados, colectivos y subsanación.
Registro y plazos¿Dónde se presenta y cómo se computa?Asientos, recibos, días inhábiles, meses, ampliación y urgencia.
Documentos y archivo¿Cómo se crean, copian y conservan?Validez, copias auténticas, aportación, expediente y archivo único.
Resolución¿Cuándo debe decidir la Administración?Plazo máximo, información, responsabilidad, suspensión y ampliación.
Silencio a solicitud¿Qué efecto produce la inactividad?Regla positiva, excepciones, resolución tardía y certificado.
Procedimientos de oficio¿Hay silencio o caducidad?Efectos favorables, efectos desfavorables, archivo y prescripción.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. Los derechos generales del artículo 13 corresponden a las personas; las garantías adicionales del artículo 53 presuponen la condición de interesado en un procedimiento.
  2. Las personas físicas eligen normalmente el canal; las personas jurídicas y los demás sujetos del artículo 14.2 deben relacionarse electrónicamente.
  3. El registro acredita la entrada o salida de documentos; el archivo asegura su conservación, autenticidad, integridad, disponibilidad y acceso futuro.
  4. Horas, días, meses y años tienen reglas de cómputo diferentes; los sábados son inhábiles cuando el plazo se expresa en días hábiles.
  5. Suspensión, ampliación del plazo máximo, ampliación de un trámite y tramitación de urgencia son técnicas distintas.
  6. La Administración está obligada a resolver expresamente y notificar aun después de vencer el plazo.
  7. En procedimientos iniciados a solicitud, el silencio es estimatorio como regla, pero existen excepciones desestimatorias expresas.
  8. En procedimientos de oficio desfavorables, el vencimiento produce caducidad; en los favorables permite desestimar las pretensiones de quienes hayan comparecido.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • Ley 39/2015Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 40/2015Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
  • RD 203/2021Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos
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