Bloque 1 · Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera
Tema 14 de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
La actividad de las Administraciones Públicas. Normas generales de actuación: derechos y obligaciones de las personas en sus relaciones con la Administración Pública. Registro y archivos. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
Perspectiva general
Contenidos principales
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| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Principios | ¿Cómo debe actuar la Administración? | Servicio objetivo, eficacia, legalidad, proporcionalidad y responsabilidad. |
| Personas | ¿Qué derechos y deberes existen? | Derechos generales, asistencia, lengua, colaboración, comparecencia y tramitación. |
| Canal electrónico | ¿Quién elige y quién está obligado? | Personas físicas, sujetos obligados, colectivos y subsanación. |
| Registro y plazos | ¿Dónde se presenta y cómo se computa? | Asientos, recibos, días inhábiles, meses, ampliación y urgencia. |
| Documentos y archivo | ¿Cómo se crean, copian y conservan? | Validez, copias auténticas, aportación, expediente y archivo único. |
| Resolución | ¿Cuándo debe decidir la Administración? | Plazo máximo, información, responsabilidad, suspensión y ampliación. |
| Silencio a solicitud | ¿Qué efecto produce la inactividad? | Regla positiva, excepciones, resolución tardía y certificado. |
| Procedimientos de oficio | ¿Hay silencio o caducidad? | Efectos favorables, efectos desfavorables, archivo y prescripción. |
Lo esencial
Puntos clave
- Los derechos generales del artículo 13 corresponden a las personas; las garantías adicionales del artículo 53 presuponen la condición de interesado en un procedimiento.
- Las personas físicas eligen normalmente el canal; las personas jurídicas y los demás sujetos del artículo 14.2 deben relacionarse electrónicamente.
- El registro acredita la entrada o salida de documentos; el archivo asegura su conservación, autenticidad, integridad, disponibilidad y acceso futuro.
- Horas, días, meses y años tienen reglas de cómputo diferentes; los sábados son inhábiles cuando el plazo se expresa en días hábiles.
- Suspensión, ampliación del plazo máximo, ampliación de un trámite y tramitación de urgencia son técnicas distintas.
- La Administración está obligada a resolver expresamente y notificar aun después de vencer el plazo.
- En procedimientos iniciados a solicitud, el silencio es estimatorio como regla, pero existen excepciones desestimatorias expresas.
- En procedimientos de oficio desfavorables, el vencimiento produce caducidad; en los favorables permite desestimar las pretensiones de quienes hayan comparecido.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- Ley 39/2015Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- RD 203/2021Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos