Bloque 1 · Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera

Tema 15 de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias

Las fuentes del Derecho Administrativo. El principio de legalidad en la actuación administrativa. La jerarquía de las fuentes. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Recursos administrativos. Revisión, anulación y revocación.

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Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Fuentes¿Qué normas integran el ordenamiento?Jerarquía, competencia, primacía y aplicación.
Normas con rango de ley¿Qué puede regular cada instrumento?Ley orgánica, ordinaria, decreto legislativo y decreto-ley.
Reglamentos¿Cómo ejerce el Gobierno la potestad normativa?Reglamento frente a ley, acto, instrucción y orden de servicio.
Acto administrativo¿Qué es y cómo se clasifica?Declaración concreta frente a disposición general.
Requisitos y eficacia¿Cómo nace y cuándo produce efectos?Validez, motivación, forma, ejecutividad y comunicación.
Invalidez¿Qué consecuencia tiene el vicio?Nulidad, anulabilidad, irregularidad y conservación.
Revisión¿Cómo corrige la Administración sus actos?Revisión de oficio, lesividad, revocación y error.
Recursos comunes¿Qué puede impugnarse y con qué efectos?Admisión, suspensión, audiencia y resolución.
Clases de recurso¿Qué vía corresponde?Alzada, reposición y revisión extraordinaria.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. Constitución, Derecho de la Unión, tratados, normas con rango de ley, reglamentos, costumbre y principios se relacionan mediante competencia, jerarquía, primacía y especialidad.
  2. La Administración está vinculada positivamente al ordenamiento: necesita potestad, competencia, procedimiento y finalidad pública.
  3. El reglamento innova el ordenamiento con vocación general; el acto aplica el Derecho a una situación concreta.
  4. Competencia, contenido, causa, finalidad, procedimiento, motivación y forma son elementos distintos del acto.
  5. Presunción de validez, eficacia, ejecutividad y ejecución forzosa no son conceptos intercambiables.
  6. La nulidad se reserva a causas tasadas y graves; la anulabilidad es la consecuencia general de las demás infracciones invalidantes.
  7. Los actos favorables anulables se combaten mediante lesividad y proceso judicial; los nulos pueden revisarse de oficio con dictamen favorable.
  8. La alzada procede contra actos que no agotan la vía; la reposición es potestativa frente a los que la agotan; la revisión extraordinaria solo alcanza actos firmes y causas tasadas.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembre
  • CCCódigo Civil
  • Ley 39/2015Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 50/1997Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
  • TFUETratado de Funcionamiento de la Unión Europea
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