Bloque 1 · Organización del Estado y Administración de Justicia
Tema 3 de Tramitación Procesal
El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Organización administrativa española: Ministros, Secretarios de Estado, Subsecretarios y Directores Generales. La Administración periférica del Estado. Los Delegados de Gobierno en la Comunidad Autónoma y los Subdelegados de Gobierno. La Secretaria de Estado de Justicia: Principales competencias.
Perspectiva general
Contenidos principales
Desliza la tabla hacia los lados para ver todas las columnas.
| Bloque | Pregunta que responde | Qué encontrarás en la explicación |
|---|---|---|
| Gobierno y Administración | ¿Qué diferencia existe entre dirección política y actividad administrativa? | Funciones del Gobierno, principios administrativos, legalidad, control y responsabilidad. |
| Presidente y Consejo de Ministros | ¿Cómo se dirige y cómo decide el Gobierno? | Investidura, competencias presidenciales, órgano colegiado y comisiones delegadas. |
| Organización central | ¿Cómo se ordenan los órganos ministeriales? | Ministros, Secretarios de Estado, Subsecretarios, Secretarías Generales y Direcciones Generales. |
| Organización territorial | ¿Cómo actúa la Administración del Estado en el territorio? | Delegados, Subdelegados, Direcciones Insulares y servicios territoriales. |
| Secretaría de Estado de Justicia | ¿Qué papel desempeña dentro del departamento ministerial? | Posición orgánica, coordinación y principales ámbitos competenciales. |
Lo esencial
Puntos clave
- El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado, y ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria.
- La Administración sirve con objetividad los intereses generales y actúa sometida plenamente a la ley y al Derecho.
- El Presidente dirige la acción del Gobierno, coordina a sus miembros y ejerce competencias propias de dirección política y organización gubernamental.
- La investidura exige mayoría absoluta en primera votación o mayoría simple cuarenta y ocho horas después.
- El Consejo de Ministros adopta colegiadamente las principales decisiones políticas, normativas, presupuestarias y organizativas.
- Ministros y Secretarios de Estado son órganos superiores; los restantes órganos enumerados legalmente tienen carácter directivo.
- Los Ministros dirigen los departamentos, los Secretarios de Estado sectores específicos y los Subsecretarios los servicios comunes.
- La organización territorial estatal se articula mediante Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones y Direcciones Insulares.
- El Delegado representa al Gobierno en la comunidad autónoma; el Subdelegado actúa en la provincia bajo su dependencia inmediata.
- La Secretaría de Estado de Justicia coordina ámbitos administrativos esenciales para el funcionamiento del servicio público de Justicia.
Normativa y fuentes de referencia
Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.
- CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembreVer explicación de CE
- Ley 50/1997Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
- Ley 40/2015Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector PúblicoVer explicación de Ley 40/2015
- RD 204/2024Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes