Bloque 1 · Organización del Estado y Administración de Justicia

Tema 3 de Tramitación Procesal

El Gobierno y la Administración. El Presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. Organización administrativa española: Ministros, Secretarios de Estado, Subsecretarios y Directores Generales. La Administración periférica del Estado. Los Delegados de Gobierno en la Comunidad Autónoma y los Subdelegados de Gobierno. La Secretaria de Estado de Justicia: Principales competencias.

8 apartados65 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Gobierno y Administración¿Qué diferencia existe entre dirección política y actividad administrativa?Funciones del Gobierno, principios administrativos, legalidad, control y responsabilidad.
Presidente y Consejo de Ministros¿Cómo se dirige y cómo decide el Gobierno?Investidura, competencias presidenciales, órgano colegiado y comisiones delegadas.
Organización central¿Cómo se ordenan los órganos ministeriales?Ministros, Secretarios de Estado, Subsecretarios, Secretarías Generales y Direcciones Generales.
Organización territorial¿Cómo actúa la Administración del Estado en el territorio?Delegados, Subdelegados, Direcciones Insulares y servicios territoriales.
Secretaría de Estado de Justicia¿Qué papel desempeña dentro del departamento ministerial?Posición orgánica, coordinación y principales ámbitos competenciales.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado, y ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria.
  2. La Administración sirve con objetividad los intereses generales y actúa sometida plenamente a la ley y al Derecho.
  3. El Presidente dirige la acción del Gobierno, coordina a sus miembros y ejerce competencias propias de dirección política y organización gubernamental.
  4. La investidura exige mayoría absoluta en primera votación o mayoría simple cuarenta y ocho horas después.
  5. El Consejo de Ministros adopta colegiadamente las principales decisiones políticas, normativas, presupuestarias y organizativas.
  6. Ministros y Secretarios de Estado son órganos superiores; los restantes órganos enumerados legalmente tienen carácter directivo.
  7. Los Ministros dirigen los departamentos, los Secretarios de Estado sectores específicos y los Subsecretarios los servicios comunes.
  8. La organización territorial estatal se articula mediante Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones y Direcciones Insulares.
  9. El Delegado representa al Gobierno en la comunidad autónoma; el Subdelegado actúa en la provincia bajo su dependencia inmediata.
  10. La Secretaría de Estado de Justicia coordina ámbitos administrativos esenciales para el funcionamiento del servicio público de Justicia.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978, de 27 de diciembreVer explicación de CE
  • Ley 50/1997Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno
  • Ley 40/2015Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector PúblicoVer explicación de Ley 40/2015
  • RD 204/2024Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Ver base legislativa