Bloque 3 · Derecho administrativo general

Tema 17 de Administrativo del Estado

El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación.

12 apartados42 min de lectura

Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Concepto y delimitación¿Cuándo existe un verdadero acto administrativo?Declaración administrativa, potestad pública, efectos jurídicos concretos y diferencias frente a reglamentos, contratos, convenios y actuaciones materiales.
Clases de actos¿Qué consecuencias tiene cada clasificación?Actos favorables y de gravamen; definitivos y de trámite; firmes; expresos y presuntos; reglados y discrecionales; simples, complejos, singulares y generales.
Elementos¿Qué debe comprobarse para valorar jurídicamente un acto?Sujeto y competencia, presupuesto de hecho, contenido, causa, finalidad, procedimiento y forma.
Producción y forma¿Cómo debe exteriorizarse la decisión?Requisitos del artículo 34, forma electrónica escrita, actos verbales y refundición de actos homogéneos.
Motivación¿Cuándo y cómo debe justificar la Administración su decisión?Función garantista, supuestos obligatorios, motivación por remisión y procedimientos selectivos o de concurrencia.
Validez y eficacia¿Desde cuándo despliega efectos el acto?Presunción de validez, ejecutividad, eficacia inmediata, eficacia demorada y retroactividad excepcional.
Invalidez¿Qué defectos provocan nulidad o anulabilidad?Causas tasadas de nulidad, regla general de anulabilidad, defectos formales, plazo y desviación de poder.
Conservación¿Puede aprovecharse lo actuado pese a existir un vicio?Incomunicación de la invalidez, nulidad parcial, conversión, conservación y convalidación.
Notificación general¿Qué debe comunicarse y con qué contenido?Destinatarios, plazo para cursar, contenido íntegro, recursos, notificación defectuosa y cumplimiento del plazo de resolución.
Canales y rechazo¿Quién elige el medio y cuándo se entiende rechazado?Preferencia y obligación electrónica, garantías del medio, excepciones, elección, aviso, pluralidad de cauces y rechazo.
Papel, medios electrónicos y publicación¿Cómo se practica cada modalidad?Recepción domiciliaria, segundo intento, comparecencia electrónica, diez días naturales, BOE, publicación sustitutiva y protección de derechos.
Examen¿Qué distinciones concentran las preguntas oficiales?Forma electrónica, motivación, inderogabilidad singular, plazo de notificación, rechazo y reglas de la notificación en papel.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. El acto administrativo es una declaración de una Administración pública, dictada en ejercicio de una potestad administrativa y dirigida a producir efectos jurídicos concretos.
  2. Reglamento y acto no se distinguen por el número de destinatarios, sino por su función: el reglamento innova el ordenamiento y el acto lo aplica a un supuesto.
  3. Competencia, presupuesto de hecho, contenido, finalidad, procedimiento y forma permiten analizar jurídicamente cualquier acto administrativo.
  4. Acto definitivo, acto firme y acto que pone fin a la vía administrativa son categorías diferentes y producen consecuencias distintas.
  5. La motivación conecta hechos, normas y decisión; debe hacer comprensible y controlable el razonamiento administrativo en los casos exigidos por la ley.
  6. Los actos sujetos al Derecho administrativo se presumen válidos y son ejecutivos, pero validez, eficacia, ejecutividad y ejecución forzosa no son conceptos equivalentes.
  7. La nulidad de pleno derecho se reserva a causas tasadas; la regla para las restantes infracciones del ordenamiento es la anulabilidad.
  8. La notificación debe contener el texto íntegro y la información sobre recursos, y ha de cursarse dentro de los diez días siguientes a la fecha del acto.
  9. El correo electrónico o el mensaje al teléfono son avisos de puesta a disposición, no medios de notificación; su ausencia no invalida una notificación correctamente practicada.
  10. Rechazo, falta de acceso electrónico, intento domiciliario infructuoso y publicación son situaciones diferentes con requisitos y efectos propios.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • CEConstitución Española de 1978
  • LPACLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • LRJSPLey 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
  • RD 203/2021Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos
  • LJCALey 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
  • RGPDReglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos
  • LOPDGDDLey Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
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