Bloque 4 · Gestión de personal

Tema 26 de Administrativo del Estado

Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas de los funcionarios. Supuestos y efectos de cada una de ellas.

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Perspectiva general

Contenidos principales

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Tabla de contenidos

BloquePregunta que respondeQué encontrarás en la explicación
Adquisición¿Cuándo nace la condición de funcionario?Cuatro requisitos sucesivos y consecuencias de incumplirlos.
Pérdida¿Qué hechos extinguen la relación?Renuncia, nacionalidad, jubilación, separación e inhabilitación.
Rehabilitación¿Puede recuperarse la condición?Supuestos reglados, decisión excepcional y efectos.
Situaciones básicas¿Cómo continúa el vínculo fuera del puesto ordinario?Servicio activo, servicios especiales y movilidad.
Excedencias¿Qué protege cada modalidad?Interés personal, familia, cuidados y protección de víctimas.
Especialidades AGE¿Qué ocurre ante reorganizaciones u otros servicios?Expectativa, forzosa, incentivada y sector público.
Suspensión y retorno¿Qué sucede durante la privación temporal?Suspensión, pérdida del puesto y reingreso.
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Lo esencial

Puntos clave

  1. La condición de funcionario de carrera solo se adquiere al cumplir sucesivamente la selección, el nombramiento publicado, el acatamiento del ordenamiento y la toma de posesión en plazo.
  2. Superar el proceso selectivo no basta: quien no acredita los requisitos de la convocatoria no puede ser nombrado.
  3. Renuncia, pérdida de nacionalidad, jubilación total, separación firme e inhabilitación firme son las causas legales de pérdida de la condición.
  4. La rehabilitación es reglada cuando desaparece la pérdida de nacionalidad o la incapacidad, pero excepcional tras una condena de inhabilitación.
  5. El TREBEP distingue servicio activo, servicios especiales, servicio en otras Administraciones, excedencia y suspensión; la AGE conserva además situaciones específicas compatibles.
  6. En servicios especiales se cobra por el cargo desempeñado, se conservan los trienios y el tiempo computa para carrera y Seguridad Social.
  7. Las excedencias tienen efectos diferentes: interés particular y agrupación familiar no generan retribuciones ni cómputo; cuidados y protección ofrecen garantías reforzadas.
  8. La expectativa de destino dura como máximo un año y conduce después a excedencia forzosa; la excedencia voluntaria incentivada dura cinco años.
  9. La suspensión firme superior a seis meses hace perder el puesto, pero no equivale a perder la condición de funcionario.
  10. Todo supuesto debe resolverse comprobando causa, duración, retribuciones, cómputo del tiempo, reserva y reingreso.

Normativa y fuentes de referencia

Estas son las normas y fuentes oficiales utilizadas para elaborar el contenido del tema.

  • TREBEPReal Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público
  • Ley 30/1984Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública
  • RD 365/1995Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado
  • RD 2669/1998Real Decreto 2669/1998, de 11 de diciembre, procedimiento de rehabilitación de los funcionarios públicos en la Administración General del Estado
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